Las personas aspirantes deben estar en posesión del título de Técnico/a Superior en Prevención de Riesgos Profesionales o título de Bachiller, Formación Profesional de segundo grado o equivalente y además, acreditación de la formación mínima en materia preventiva establecida en el artículo 36 del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero. A estos efectos, dicha formación mínima puede acreditarse mediante las certificaciones acreditadas sin efectos académicos al amparo de la Disposición Transitoria Tercera del Real Decreto 39/1997, por aplicación de la Disposición Adicional Primera del Real Decreto 337/2010, de 19 de marzo, o título declarado equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes y cumplir los requisitos establecidos en la base 2 de la convocatoria (Resolución 2894/2022, de 4 de noviembre).