Subvenciones a entidades de iniciativa social del área de personas con discapacidad 2026

Las ayudas tienen como objeto fomentar el asociacionismo en las entidades sin ánimo de lucro y potenciar el desarrollo de programas destinados a la promoción de la autonomía personal y la prevención de la dependencia.

Información básica

Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las entidades de iniciativa social que, careciendo de ánimo de lucro y estando domiciliadas en la Comunidad Foral de Navarra, intervengan exclusivamente en el área de personas con discapacidad, fomentando el asociacionismo en las entidades sin ánimo de lucro y potenciando el desarrollo de programas destinados a la promoción de la autonomía personal y prevención de la dependencia de las personas con discapacidad y sus familias. Se entenderá por entidades:

  • Las entidades de personas con discapacidad: entidades cuyo fin específico, según sus estatutos, sea trabajar en el área de personas con discapacidad y/o sus familias.
  • Las federaciones: unión de entidades de personas y/o sus familias con discapacidad federadas o unidas mediante similar figura jurídica.

No se subvencionarán a aquellas asociaciones, fundaciones o federaciones con formas jurídicas diferentes a las asociaciones a las que están vinculadas y que podrían realizar las actividades que la nueva entidad propone.

Así mismo, podrán ser beneficiarias de subvención en la modalidad estructurada en Programa Global (Anexo III 1.2 b de la Orden Foral), aquellas entidades de iniciativa social, que careciendo de ánimo de lucro y estando domiciliadas en Navarra, intervengan en el área de atención de las personas diagnosticadas de una patología concreta que pueda derivar en discapacidad a lo largo de la vida y sus familias y desarrollen programas y/o actividades en dicho ámbito para la promoción de la autonomía y prevención de la dependencia en favor de sus asociados/as.

Esta convocatoria tiene por objeto establecer el régimen de concesión de subvenciones a entidades de iniciativa social del área de personas con discapacidad, fomentando el asociacionismo en las entidades sin ánimo de lucro y potenciando el desarrollo de programas destinados a la promoción de la autonomía personal y prevención de la dependencia de las personas con discapacidad, para el año 2026.

No es objeto de esta convocatoria de subvención la financiación de proyectos o actuaciones cuya financiación se contemple de modo específico en otras convocatorias públicas o cuya competencia corresponda a otras Administraciones públicas.

A efectos de esta convocatoria, se entiende por proyecto el conjunto de modalidades para las que cada entidad solicita subvención, estableciéndose dos modalidades de subvención complementarias y compatibles entre sí:

  • Fomento del asociacionismo.
  • Desarrollo de programas.

Sesión informativa

Para conocer las bases, se convoca una sesión informativa el 18 de diciembre, a las 10:00 horas, en el salón de actos de la Residencia Fuerte del Príncipe (calle Goroabe, 36. Pamplona / Iruña).

SOLICITUD:

Documentación general que tienen que presentar todas las entidades solicitantes:

* De conformidad con lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, no será necesario presentar los documentos que hayan sido elaborados por cualquier administración, siempre que la entidad haya expresado su consentimiento a que sean consultados o recabados.

 

Documentación específica de la modalidad de Fomento:

 

Documentación específica en la modalidad de Programas:

 

JUSTIFICACIÓN:

Justificaciones parciales:

1. Pago único anticipado

Plazo: 1 mes contado desde la notificación o, en su caso, fecha de publicación de la resolución de concesión).

Documentación a presentar:

2. Pago previa justificación:

Plazo:

  • Primera justificación parcial: 30 de septiembre.
  • Segunda y última justificación parcial: 10 de noviembre (excepcional y con causa justificada 22 de noviembre).

Documentación a presentar:

3. Pago fraccionado anticipado:

Plazo: 10 de noviembre (excepcional y con causa justificada 22 de noviembre).

Documentación a presentar:

Justificación final:

Plazo: enero 2027.

Documentación a presentar:

  • Orden Foral 1221E/2026, por la que se aprueba la convocatoria (pendiente de publicar en el BON).
  • Ley Foral 5/2018, de Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
  • Decreto Foral 4/2016, por el que se regula el símbolo oficial del Gobierno de Navarra y su utilización.
  • Orden Foral 212/2010, por la que se establecen las normas para la divulgación de la participación del Gobierno de Navarra en los programas, actividades, inversiones y actuaciones desarrollados en los centros y servicios contratados o subvencionados en las materias de servicios sociales, cooperación al desarrollo, familia, infancia y consumo.
  • Ley Foral 11/2005, de Subvenciones.
Contacto

Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas
Sección de Programas y Gestión de Subvenciones
Teléfono: 848 423 690
Correo electrónico: inbtered@navarra.es

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