Subvención para el fomento de la cooperación y la innovación entre entidades y/o empresas de la economía social

Información básica

  • Las entidades representativas de economía social con domicilio social en Navarra que formen parte de la Confederación de Empresas de Economía Social CEPES Navarra.
  • Las entidades y empresas de la economía social distintas a las del punto anterior, siempre y cuando concurran en el mismo proyecto en agrupación con alguna de las anteriores.

Importe de la subvención concedida:

El importe máximo de la subvención será de 20.000 euros por proyecto. No se admitirá la presentación de más de un proyecto de forma individual por entidad.

Criterios para el cálculo de la subvención:

  • Por su contribución a la solución de retos sociales, económicos o medioambientales de Navarra descritos y alineados en el Plan Integral de Economía Social de Navarra (10 puntos).
  • Por el alcance de la cooperación entre entidades y empresas de la economía social: en función del número de entidades socias de la agrupación que presenta el proyecto (2 entidades: 5 puntos; 3 entidades: 8 puntos; más de 4 entidades: 10 puntos).
  • En función de la presencia de una entidad representativa de alguna de las entidades de la economía social en Navarra (presencia de 1 entidad asociativa: 5 puntos; más de 1 entidad asociativa: 10 puntos).
  • Por la extensión del ámbito geográfico: si la ejecución de las actividades se realiza totalmente en el ámbito de la Comarca de Pamplona (5 puntos); si algunas de las actividades se realizan fuera de la Comarca de Pamplona (10 puntos).
  • Por la calidad del proyecto:
    • Se valorará la planificación, claridad y descripción de los objetivos, los indicadores de eficacia y seguimiento, la tipología de acciones, el detalle de presupuesto por acciones y la metodología seguida (30 puntos).
    • El grado de innovación de la propuesta, valorada en función de la respuesta innovadora a los retos y objetivos planteados en el proyecto, así como la calidad técnica de la propuesta presentada, su grado de factibilidad y la aplicabilidad a la economía social de Navarra (15 puntos).
    • Acciones de difusión y promoción del proyecto: jornadas divulgativas (5 puntos); además, si contempla redes sociales, web propia de proyecto y/ otras herramientas de difusión multimedia (10 puntos adicionales).

Para poder obtener la subvención, será necesario obtener una puntuación mínima de 50 puntos.

Gastos subvencionables:

Serán subvencionables los siguientes gastos comprendidos en los citados proyectos que se facturen entre el 1 de enero de 2025 y el 31 de diciembre de 2025 y se paguen antes del 28 de febrero de 2026:

  • Los gastos del personal técnico, administrativo y de apoyo, incluyendo gastos de personal dedicado a actividades de comunicación directamente dedicado a la ejecución del proyecto, durante el periodo en que se dedique al mismo. El coste máximo del personal será de 42 euros/hora (costes sociales incluidos).
  • Los gastos de desplazamiento de dicho personal para la realizar las actuaciones del proyecto, incluyendo la participación en ferias y eventos, que se abonen a través de la nómina correspondiente.
  • Los gastos de contratación a empresas o personas consultoras externas en el ámbito del proyecto presentado, hasta el 50 % del gasto del proyecto, teniendo en cuenta las limitaciones señaladas en el artículo 26 de la Ley Foral 11/2005, de Subvenciones. Entre estos gastos podrían estar, por ejemplo, la elaboración de estudios y análisis, las patentes y licencias, la traducción e interpretación, etc.
  • Gastos de creación, edición y difusión de contenidos relacionados con las actuaciones del proyecto, a través de materiales y medios de comunicación, así como los gastos específicos para la organización y celebración de jornadas y/o talleres.

Para solicitar la ayuda:

  • Solicitud y proyecto conforme a la base 5 de la convocatoria.

Tras la concesión:

  • Declaración de transparencia: presentar en el plazo de un mes desde la notificación de la resolución de concesión (botón "Presentar").

Para justificar:

  • Para justificar la realidad de la subvención, la beneficiaria presentará la justificación final técnica y económica conforme a la base 8 de la convocatoria.

Las subsanaciones necesarias se realizarán a través del botón "Subsanar" (dentro del apartado Tramitación).

Normativa de Minimis

Las subvenciones previstas en esta convocatoria tienen el carácter de “ayudas de minimis” conforme a lo previsto en el Reglamento 2023/2831, de la Comisión, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis.

  • De conformidad con dicho Reglamento, el importe total de las ayudas de minimis concedidas por un Estado miembro a una única empresa no excederá de 300.000 euros durante cualquier periodo de tres años. La definición de “única empresa” será la establecida en el artículo 2.2 del mencionado Reglamento.
  • A estos efectos, las empresas interesadas declararán, en el formulario de solicitud, las otras ayudas de minimis recibidas durante el ejercicio anual correspondiente y durante los dos ejercicios anuales anteriores.

Tramitación

Plazo: 6/05/25 - 28/02/26

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Plazo: 6/05/25 - 28/02/26

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Contacto

Sección de Economía Social
Parque Tomás Caballero, 1
Edificio Fuerte del Príncipe II, 1.ª planta
31005 Pamplona / Iruña
Correo electrónico: ecsocial@navarra.es

Advertencia: el contenido de esta página tiene carácter meramente informativo; las condiciones son las publicadas en la normativa correspondiente.