Entidades jurídicas legalmente constituidas que carezcan de fines de lucro y que tengan como fin expreso en sus estatutos la intervención social en el ámbito relacionado con la modalidad para la que se solicite el proyecto.
Para ser beneficiarias de las subvenciones objeto de esta convocatoria las entidades deberán cumplir los siguientes requisitos:
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Ser personas jurídicas legalmente constituidas de conformidad con su naturaleza jurídica y estar inscritas, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, en el registro que reglamentariamente les corresponda.
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Carecer de fines de lucro.
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Tener como fines expresos en sus estatutos la intervención social en el ámbito relacionado con la modalidad para la que se solicite el proyecto.
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Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social o de pago de obligaciones por reintegro de deudas a favor de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra o sus Organismos Autónomos.
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No haber sido objeto de sanción mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones conforme a lo previsto en la legislación en materia de igualdad entre mujeres y hombres o en la legislación general tributaria.
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No estar incursas en el resto de prohibiciones que, para obtener la condición de beneficiaria de subvenciones, se establecen en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.
Todos los requisitos señalados deberán cumplirse en la fecha en que expire el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el periodo de ejecución de la actividad subvencionada.