La finalidad del registro es mejorar el conocimiento, la información y la cooperación entre la Administración de Navarra y las asociaciones de protección y defensa de los animales de compañía, para incentivar, a través de ellas, la divulgación y formación sobre la protección y defensa de estos animales, su tenencia responsable, la lucha contra el abandono y el fomento de la adopción.
El registro se estructura en dos secciones:
- Sección primera: incluye a las asociaciones de protección y defensa de los animales de compañía.
- Sección segunda: incluye a las entidades colaboradoras.
Hoja informativa.
Pasos del procedimiento:
- Presentación de la solicitud.
- Análisis de la solicitud y comprobación de la documentación. Se podrá requerir a la asociación la subsanación de los documentos aportados, que deberá realizarse en un plazo de diez días hábiles desde la notificación.
- Resolución de la solicitud: el plazo de resolución será de tres meses desde la fecha de entrada de la solicitud en el registro del órgano competente.
- Si ha transcurrido el plazo de inscripción sin que se haya notificado una resolución expresa, se entenderá confirmada la solicitud de inscripción.
Las comunicaciones se realizarán de forma electrónica.