Impuesto sobre las Transacciones Financieras. Autoliquidación (modelo 604)

Información básica

Los sujetos pasivos a que se refiere el artículo 6 de la Ley Foral 37/2022, del Impuesto sobre las Transacciones Financieras, respecto a las cuotas cuya exacción corresponda a Navarra de conformidad con lo dispuesto en el artículo 40 bis del Convenio Económico entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra.

Declarar e ingresar, si fuera pertinente, a Hacienda Foral de Navarra, las cuotas del Impuesto sobre las Transacciones Financieras cuya exacción corresponda a Navarra en proporción al volumen de operaciones realizado en cada territorio durante el periodo de liquidación, el cual, se determinará en función del porcentaje que representa la base imponible del Impuesto correspondiente a operaciones relativas a acciones de sociedades con domicilio social en territorio común o foral respecto a la base imponible total de cada sujeto pasivo.

Tramitación

Instrucciones:

  • El periodo de liquidación coincidirá con el mes natural.
  • El modelo 604 deberá presentarse e ingresarse, según corresponda, por el depositario central de valores, por el sujeto pasivo o su representante, entre los días 10 y 20 del mes siguiente al correspondiente periodo de liquidación mensual.
  • El modelo 604 se presentará aun cuando no resulte cuota a ingresar.

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