Impuesto sobre el margen de intereses y comisiones de determinadas entidades financieras (Autoliquidación: modelo 980)

Información básica

Están obligadas a presentar el modelo 980 en Navarra las personas y entidades que obtengan en territorio español un margen positivo de intereses y comisiones, en el caso de que, conforme a lo establecido en el artículo 47.ter del Convenio Económico entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra, deban presentar sus declaraciones ante la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

Orden Foral 124/2025, por la que se aprueba el modelo 980.

Tramitación

Plazo:

La presentación tendrá una periodicidad anual y deberá hacerse, obligatoriamente de forma telemática, en los primeros 20 días naturales del noveno mes posterior al cierre del ejercicio económico.

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

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