Ayudas individuales al profesorado para el aprendizaje o perfeccionamiento del euskera 2024-2025

Ayudas para la realización o finalización de cursos de aprendizaje o perfeccionamiento de euskera (del 1 de septiembre de 2024 al 31 de agosto de 2025)

Información básica

Personal docente de centros públicos y concertados de enseñanzas no universitarias que se encuentre en situación de servicio activo o disponga de un contrato administrativo o laboral, en el caso de un centro público, o de un contrato laboral, en el caso de un centro privado concertado, el día de inicio del curso y/o en el momento de formalizar la matrícula mediante pago parcial o total.

La información completa sobre la convocatoria (Anexo 1º) se puede consultar en el apartado "Normativa".

Los enlaces para descargar los documentos se habilitarán cuando se abra el plazo de solicitud.

  • Formulario web o instancia de solicitud (Anexo 2º de esta Resolución).
  • Certificado de asistencia al curso de la entidad organizadora, en el que deberá figurar el nombre de la persona participante, la denominación del curso, el nivel, la modalidad (punto 1., Base tercera), el precio, fechas de comienzo y finalización del curso, número total de horas y el número de horas lectivas totales cursadas por la persona solicitante, concretando el porcentaje de asistencia que dicho curso supone (ver punto 2.2., Base segunda). Todos estos datos son totalmente imprescindibles para el pago de la ayuda.
  • Justificante de pago correspondiente a la tasa de matrícula (a no ser que esta conste en el certificado expedido por la entidad organizadora).
  • Solicitud de abono por transferencia (SAT). El profesorado solicitante tendrá que registrar, en el plazo de solicitud, la "Solicitud de abono por transferencia (SAT)" original (Anexo 3º), cumplimentada y sellada por la entidad bancaria correspondiente, en los siguientes casos:
    • Si no lo ha hecho ya en otra ocasión.
    • Si, habiéndolo hecho anteriormente, ha cambiado de número de cuenta.

Se podrá registrar de las siguientes maneras:

1. Registro General Electrónico:
Destino: Departamento de Economía y Hacienda. Sección de Tesorería

2. Original del impreso oficial firmado y sellado por la entidad bancaria, enviándolo por correo postal o entregándolo en:
Departamento de Economía y Hacienda
Sección de Tesorería
C/ Carlos III, 4, Nivel 2
31002 Pamplona / Iruña

En cualquier caso, se deberá comunicar por correo electrónico a la Sección de Euskera del Servicio de Plurilingüismo y Enseñanzas Artísticas que se ha realizado dicho envío, y en qué fecha. (euskaraatala@navarra.es).

Resolución 470/2024, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de las ayudas individuales al profesorado de enseñanza no universitaria de la Comunidad Foral de Navarra para el aprendizaje o perfeccionamiento del euskera.

Contacto

Sección de Euskera
Teléfono: 848 426 593
Correo electrónico: euskaraatala@navarra.es

Advertencia: el contenido de esta página tiene carácter meramente informativo; las condiciones son las publicadas en la normativa correspondiente.