Las personas aspirantes deben reunir, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos para ser admitidas. Además, deben mantener estos requisitos durante todo el proceso selectivo.
Turno libre
- Tener la nacionalidad española, o la de otro Estado miembro de la Unión Europea. También pueden participar:
- Quien sea cónyuge de las personas españolas y de las nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho.
- Sus descendientes, así como las y los descendientes de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
- Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los tratados internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores y trabajadoras.
- Tener cumplidos dieciséis años y no superar la edad máxima de jubilación forzosa.
- Tener el título de Grado/Diplomatura en Enfermería o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.
- En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se debe poseer la credencial que acredite su homologación.
- Tener la capacidad física y psíquica necesaria para el desempeño de las funciones del puesto de trabajo.
- No hallarse inhabilitada ni suspendida para el ejercicio de las funciones públicas y no haber sido separada del servicio de una Administración Pública.
- No haber sido condenada por sentencia firme por cualquier delito contra la libertad e indemnidad sexuales ni por cualquier delito de trata de seres humanos (requisito para el acceso a aquellos puestos que impliquen contacto habitual con menores, de acuerdo a la Ley Orgánica 8/2021).
Turno de promoción
Las personas aspirantes al turno de promoción, además de los requisitos señalados para el turno libre, deben:
- Tener la condición de personal fijo (funcionario, estatutario o contratado laboral fijo) perteneciente a las Administraciones Públicas de Navarra.
- No encontrarse en una de estas situaciones:
- Excedencia voluntaria, excepto cuando la persona en situación de excedencia voluntaria se encuentre prestando servicios en otro puesto de trabajo de carácter fijo o temporal en la misma administración convocante.
- Excedencia forzosa.
- Pertenecer al mismo o inferior nivel o grupo que el puesto convocado y ostentar diferente categoría.
- Estar en posesión de la titulación exigida en la base 2.1.1.c)
- Acreditar al menos cinco años de antigüedad reconocida en las Administraciones Públicas.
Turno reservado para personas con discapacidad
Las personas aspirantes al turno reservado para personas con discapacidad, además de los requisitos señalados para el turno libre, deben:
- Tener reconocida oficialmente una discapacidad de grado igual o superior al 33 %.
Turno reservado a mujeres víctimas de violencia de género
Las personas aspirantes al turno reservado a mujeres víctimas de violencia de género, además de los requisitos señalados para el turno libre, deben:
- Tener y acreditar la condición de mujeres víctimas de violencia de género.
Plazas de euskera: además de los requisitos del turno libre o del turno de promoción, según el caso, se debe poseer el nivel de conocimiento requerido en la convocatoria (de acuerdo a la Resolución 210/2010).