Compensación para empresas de transporte público interurbano deficitarias en el periodo del 1 de enero al 31 de diciembre de 2024

Información básica

Titulares de empresas concesionarias de servicios de transporte público regular de viajeros de uso general, cuya concesión cumpla estos requisitos:

  • Déficit de explotación durante el periodo de referencia.
  • Déficit imputable al bajo índice de utilización de los servicios.
  • Las compensaciones económicas corresponden al periodo comprendido entre el 01/01/2024 y el 31/12/2024.
  • El déficit de explotación se determina considerando la concesión en su conjunto, por la diferencia entre los ingresos por viajeros, equipajes y encargos, y los costes medios estandarizados del sector, imputables en condiciones normales de productividad y organización, teniendo en cuenta, en todo caso, un razonable beneficio empresarial (máximo 6 %).
  • Cuantía: pendiente de aprobación del gasto.
  • Resolución 365/2009, por la que se modifican las concesiones de servicios de transporte público regular permanente de viajeros de uso general de titularidad de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra para establecer un régimen especial de compensación económica a las empresas
    concesionarias de servicios con explotación deficitaria.
  • Reglamento 1370/2007, sobre los servicios públicos de transporte de viajeros por ferrocarril y carretera.
  • Ley 16/1987, de ordenación de los transportes terrestres.

Tramitación

Plazo: 1/04/25 - 30/04/25

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Otras formas de tramitar:

Registro de Cohesión Territorial
Avenida de San Ignacio, 3
31002 Pamplona

También se puede presentar en las oficinas de registro y atención del Gobierno de Navarra y en cualquier otro lugar previsto en la Ley 39/2015.

Contacto

Sección de Transporte Público por Carretera
C/ Emilio Arrieta, 25, bajo izquierda
31002 Pamplona / Iruña
Persona de contacto: Raquel Bujanda Perales
Teléfono: 848 423 389
Correo electrónico: rbujandp@navarra.es

Advertencia: el contenido de esta página tiene carácter meramente informativo; las condiciones son las publicadas en la normativa correspondiente.