Canal interno de información

Permite a las personas que tienen o han tenido relación laboral y profesional con la Administración de la Comunidad Foral de Navarra informar, de forma confidencial, sobre infracciones cometidas en su ámbito

No hay que utilizar este trámite para presentar quejas, reclamaciones y sugerencias. Para ello, se debe acceder al trámite Enviar quejas, reclamaciones y sugerencias.

Información básica

Las personas que tienen o han tenido relación laboral y profesional con la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y que, en el marco de esa relación, han tenido conocimiento de posibles infracciones cometidas en su ámbito. En concreto:

  • Empleados públicos y empleadas públicas.
  • Trabajadores y trabajadoras por cuenta ajena.
  • Personas autónomas.
  • Accionistas, partícipes y personas pertenecientes al órgano de administración, dirección o supervisión de una empresa, incluidos los miembros no ejecutivos.
  • Cualquier persona que trabaje para o bajo la supervisión y dirección de contratistas, subcontratistas y proveedores de la Administración foral de Navarra.
  • Exempleados y exempleadas.
  • Personas voluntarias, becarias, trabajadoras en periodos de formación con independencia de que perciban o no una remuneración.
  • Personas cuya relación laboral todavía no ha comenzado, en los casos en que la información haya sido obtenida durante el proceso de selección o de negociación precontractual.

¿Para qué sirve el canal interno de información?

Para informar, de forma confidencial, sobre posibles infracciones cometidas por el personal u órganos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra. En concreto:

  • Las acciones y omisiones que puedan constituir infracciones del Derecho de la Unión Europea, siempre que
    • Entren dentro del ámbito de aplicación de la Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, con independencia de su calificación en el ordenamiento jurídico interno;
    • Afecten a los intereses financieros de la Unión Europea, o
    • Incidan en el mercado interior. Se incluyen las infracciones en materia de competencia, las relacionadas con las ayudas otorgadas por los Estados, las que infringen las normas del impuesto sobre sociedades y las relacionadas con prácticas cuya finalidad es obtener una ventaja fiscal que desvirtúe la finalidad de la legislación aplicable al impuesto sobre sociedades.
  • Las acciones u omisiones que puedan ser constitutivas de infracción penal o administrativa grave o muy grave. Se incluyen las que suponen quebranto económico para la Hacienda Pública y la Seguridad Social.

¿Para qué NO sirve el canal interno de información?

  • Realizar consultas sobre información administrativa.
  • Presentar quejas, reclamaciones y sugerencias. Para ello, se debe acceder al trámite Enviar quejas, reclamaciones y sugerencias.
  • Efectuar reclamaciones de derechos individuales o solicitudes que persigan satisfacer intereses particulares.
  • Realizar comunicaciones sobre incumplimientos de ciudadanos y ciudadanas o empresas.
  • Presentar comunicaciones excluidas expresamente por la Ley 2/2023.

¿Qué requisitos se deben cumplir para que la información sea admitida a trámite?

  • Deben existir indicios razonables o suficientes sobre la certeza de la información que se comunica.
  • Hay que describir de la manera más detallada posible los hechos o conductas denunciadas.
  • Se debe proporcionar toda la documentación o información disponible sobre la situación descrita o indicios objetivos para obtener pruebas.

No se tramitarán las comunicaciones genéricas, las fundadas únicamente en opiniones y las realizadas de mala fe o con abuso de derecho.

Información sobre la protección de datos de carácter personal

Los datos de carácter personal recibidos serán tratados por la Administración de la Comunidad Foral de Navarra e incorporados a la actividad de tratamiento "Sistema interno de información sobre infracciones normativas y lucha contra la corrupción" que se puede consultar en el siguiente enlace

La comunicación debe ir acompañada del adecuado soporte probatorio y, en su caso, de la documentación que se considere necesaria para poder acreditar la información comunicada.

Se deben anonimizar los documentos y datos para preservar la confidencialidad, salvo los mínimamente necesarios para llevar a cabo la investigación.

  • Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo.
  • Ley 2/2023, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.
  • Decreto Foral 69/2025, por el que se habilita y configura el Sistema interno de información de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y se determina su gestión.
  • Orden Foral 34/2025, por la que se aprueba el procedimiento de gestión interna de las informaciones o comunicaciones que se reciban en el marco del Sistema y canal interno de información de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.
  • Orden Foral 35/2025, por la que se designa la persona responsable del sistema interno de información de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

Tramitación

Instrucciones:

A través del canal electrónico de información

Es la opción más aconsejable para garantizar la confidencialidad de las comunicaciones y, en su caso, el anonimato.

Para ello, pulsa el siguiente botón y rellena el formulario.

Otras formas de tramitar:

  • A través del correo postal
    • Se debe rellenar el impreso para comunicar infracciones y remitirlo junto con el resto de documentación en un sobre a través de correo postal.
    • El sobre debe estar perfectamente cerrado y no debe constar el remitente. En la parte exterior se debe escribir “Canal interno de información: confidencial, no abrir”.
    • El sobre se debe enviar a la persona responsable del sistema interno de información, a la dirección Avenida Carlos III, número 2, 2ª planta, 31002, Pamplona / Iruña.
  • Presencialmente, ante la persona responsable del sistema interno de información.

Además del canal interno de información, existen canales externos a los que también se puede acudir para comunicar posibles infracciones en el ámbito de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

Contacto

Responsable del sistema interno de información
Correo electrónico: canalinternodeinformacion@navarra.es

Advertencia: el contenido de esta página tiene carácter meramente informativo; las condiciones son las publicadas en la normativa correspondiente.