Personas con el título universitario de Sociología y Sociología Aplicada, expedido u homologado por las autoridades españolas y obtenido dentro de los tres años inmediatamente anteriores a la fecha de publicación de esta convocatoria, y que cumplan además los siguientes requisitos:
Ser español o española, nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los tratados internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, en que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores y trabajadoras. En todo caso, quienes no ostenten la nacionalidad española deberán acreditar la suficiente capacitación en el uso de la lengua castellana.
Estar empadronado o empadronada en Navarra, al menos desde un año antes de la fecha de la convocatoria.
Ser mayor de edad.
No estar incapacitado o incapacitada físicamente, ni padecer enfermedad que pueda impedir el desarrollo de la actividad formativa que constituye el objeto de la beca.
Todos los requisitos deberán reunirse a la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes, y mantenerse durante el periodo de duración de la beca.
Descripción keyboard_arrow_down
Cuantía: la beca se abonará en plazos mensuales de 1.250 euros brutos, o en su parte proporcional.
Duración: la beca comenzará el día señalado por la resolución de concesión, que no podrá ser anterior al 1 de septiembre de 2024, y finalizará el 31 de agosto de 2025. Esta beca podrá ser prorrogada durante dos años más, desde el 1 de septiembre de 2025 hasta el 31 de agosto de 2027.
Incompatibilidad: la beca es incompatible con otras becas.
Pasos del procedimiento:
La Comisión Evaluadora estudiará y valorará las solicitudes presentadas y propondrá la concesión de la beca, por orden de preferencia, en razón de la puntuación obtenida.
La concesión de la beca se realizará por resolución del director gerente del Instituto Navarro de la Juventud, previa propuesta de la Comisión Evaluadora.
La Resolución y el orden de preferencia de solicitantes, establecido en función de la puntuación obtenida en la baremación de méritos, se hará pública en la web del Instituto Navarro de la Juventud.
La Resolución se notificará a la persona interesada que haya resultado beneficiaria y se publicará en el BON.
Currículum vitae de la persona solicitante, en el que se relacionen detalladamente todos los méritos referidos con las oportunas certificaciones.
Fotocopia del título oficial indicado en la base 1ª.
Certificación del expediente académico que incluirá las calificaciones de todas las materias de cada curso, con mención expresa de la convocatoria en que fueron aprobadas e indicación clara de la nota media de dicho expediente.
Certificado de empadronamiento en Navarra, detallando la antigüedad del mismo.
Documentación y fotocopias de las acreditaciones sobre los méritos alegados y objeto de valoración según la base 9ª.
Declaración responsable de la persona solicitante de no estar incursa en ninguna de las circunstancias que impiden acceder a la condición de beneficiario/a de subvenciones públicas, de conformidad con el artículo 13.2 de la Ley Foral 11/2005, de Subvenciones (Anexo III).
Declaración responsable de no estar percibiendo, con la misma finalidad, ninguna ayuda pública incompatible con la beca por parte de otros Departamentos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, Administraciones o entes públicos o privados (Anexo III).
Autorización (Anexo IV), para la comprobación, por el departamento competente, de que la persona solicitante está al corriente en las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. En caso de no autorizar u oponerse a la realización de dichas comprobaciones, deberá presentar:
Certificado expedido por el Departamento de Economía y Hacienda del Gobierno de Navarra, según bases de la convocatoria, que acredite estar al corriente en sus obligaciones tributarias con la Hacienda Foral.
Certificado expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social, según bases de la convocatoria, que acredite encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social.
Decreto Foral 172/2004, por el que se establece el régimen general para la concesión de becas de formación de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus Organismos Autónomos.
Instituto Navarro de la Juventud
Sección de Acciones Transversales y Observatorio Joven
Teléfonos: 848 42 78 89 / 848 42 03 39 / 650 80 13 64
Correo electrónico: juventud@navarra.es
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Este trámite está asociado al siguiente procedimiento administrativo:
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