Ayudas para mejorar la eficiencia energética de las viviendas (Viviendas MRR)

Financiadas por la Unión Europea, a través de los fondos Next Generation EU

Información básica

Administraciones públicas y personas físicas que tengan residencia fiscal en España y viviendas en Navarra:

  • Las personas físicas serán propietarias, usufructarias o arrendatarias de las viviendas, y la vivienda objeto de la ayuda será el domicilio habitual.
  • Las administraciones públicas y los organismos y demás entidades de derecho públicas serán propietarias de los inmuebles.

Las actuaciones pueden ser en viviendas existentes de cualquier antigüedad y tipología (unifamiliar o colectiva). Las personas beneficiarias no deberán acreditar ingresos económicos.

Se concederán ayudas para las obras realizadas desde el 1 de enero de 2022 que supongan la reducción de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración de al menos el 7% o una reducción del consumo de energía primaria no renovable de al menos un 30%.

El coste mínimo de las obras será de 1.000 euros. La subvención será del 40% del coste, con un máximo de 3.000 euros por vivienda.

Las subvenciones se otorgarán por el sistema de evaluación individualizada, en función del riguroso orden de presentación de las solicitudes.

Solo se admitirán actuaciones por parte de los destinatarios últimos de las ayudas iniciadas con posterioridad al 1 de enero de 2022, dentro de los 3 meses posteriores a la finalización de las obras.

La convocatoria Viviendas MRR 2023 permite acreditar la titularidad de la vivienda mediante certificado catastral. También permite expresamente la concesión de subvenciones a los promotores arrendadores.

Más información sobre actuaciones subvencionables, costes subvencionables e importe de las ayudas; procedimiento de concesión, plazo y lugar de presentación de las solicitudes; ordenación e instrucción, y resolución y forma de pago de la ayuda.

Además, se debe adjuntar:

  • Datos solicitante y copia del NIF.
  • Acreditación de la propiedad (nota simple registro de propiedad), usufructo, alquiler o derecho sobre la vivienda.
  • Volante de empadronamiento de las personas físicas solicitantes o contrato de arrendamiento.
  • Memoria justificativa de la actuación con indicación de actividades realizadas y resultados obtenidos. Con fecha de iniciación y finalización actividad.
  • Certificado de eficiencia energética de la vivienda en estado inicial y tras la actuación realizada.
  • Certificado de la instalación térmica (en el caso de que proceda).
  • Reportaje fotográfico en color antes y después de la actuación.
  • Relación y copia de las facturas.
  • Licencia municipal de obras de los trabajos ejecutados.
  • Original de la solicitud de abono por transferencia (cumplimentada y firmada por solicitante).
  • Resolución 874/2022, por la que se aprueba la convocatoria (Viviendas MRR 2023).
  • Resolución 132/2022, por la que se aprueba la convocatoria (Viviendas MRR 2022).
  • Real Decreto 853/2021, por el que se regulan los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Contacto

Servicio de Vivienda del Gobierno de Navarra
C/ Alhondiga nº1, 1º planta
31002 Pamplona
Teléfono: 848 427 570
Correo electrónico: rehabilita@navarra.es
Información sobre las convocatorias en las Oficinas de Rehabilitación de Vivienda de Navarra (ORVE).

Advertencia: el contenido de esta página tiene carácter meramente informativo; las condiciones son las publicadas en la normativa correspondiente.

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