La cuantía de la subvención será el resultado de aplicar al total de gastos subvencionables el porcentaje del 80% hasta un importe máximo de 12.000 euros, y será calculada sobre el presupuesto propuesto por la persona solicitante. Se deben cumplir, entre otros, los siguientes requisitos:
- La adaptación debe cumplir las condiciones establecidas en el Real Decreto 1544/07, de 23 de noviembre, que regula las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los modos de transporte para personas con discapacidad, y la Norma UNE 26.494 y sus posteriores modificaciones.
- No se admiten actuaciones anteriores a la fecha de solicitud de la ayuda.
- El vehículo debe estar adscrito a la autorización o adscribirse como máximo en el momento de la justificación.
- El vehículo no debe tener una antigüedad superior a 5 años desde la fecha de primera matriculación, en el momento de la solicitud. Y ha de mantenerse durante al menos 5 años adscrito a la autorización.
Las ayudas objeto de esta convocatoria son compatibles con otras ayudas para el mismo o similar objeto procedentes de otras administraciones o instituciones, siempre que el importe total de las ayudas recibidas no supere el coste total de las actuaciones, y que la regulación de las otras ayudas lo admita.
Las ayudas se concederán por el sistema de evaluación individualizada, de manera que las solicitudes se resolverán en orden de presentación mientras se disponga de crédito presupuestario para ello.