La información completa sobre la convocatoria (Anexo 1º) se puede consultar en el apartado "Normativa".
Los cursos podrán realizarse en centros públicos (Escuelas Oficiales de Idiomas, universidades...) o en centros privados homologados de enseñanza de euskera a personas adultas. Solo se subvencionará aquella formación cuyo objetivo sea única y exclusivamente el aprendizaje del euskera.
Se subvencionarán tanto cursos extensivos presenciales como intensivos presenciales, cursos en régimen de internado, cursos semi-presenciales y cursos on-line para el aprendizaje o perfeccionamiento. Los cursos de perfeccionamiento tendrán como objetivo trabajar la propia competencia lingüística del profesorado en euskera.
Quedan excluidos los cursos de contenido metodológico, ya que el Centro de Recursos para la Enseñanza de Euskera-EIBZ y los Centros de Apoyo al Profesorado tienen una oferta formativa gratuita para el profesorado en dicho periodo.
El profesorado participante tendrá derecho a la financiación de parte de los gastos de matrícula (en el caso de los cursos en régimen de internado -barnetegiak-, también a parte de los gastos de alojamiento y pensión), de los cursos realizados o finalizados entre el 1 de septiembre de 2023 y el 31 de agosto de 2024, siempre que tenga como mínimo un 80% de asistencia al curso o cursos para los que se solicita la ayuda. En caso de no haber asistido al mínimo requerido, no se abonará la ayuda solicitada.
La ayuda ascenderá, en principio, al 50% del importe de la matrícula. En el caso de los cursos en régimen de internado (barnetegiak), se abonará también, como mínimo, el 50% del alojamiento y pensión.
Si aun aplicando todos los criterios establecidos no fuera posible atender todas las propuestas por limitación presupuestaria, se aplicará un prorrateo con la reducción del porcentaje necesario a todas ellas.
Si tras atender todas las solicitudes hubiese dinero disponible en la partida destinada a este fin, se aplicará un prorrateo con el aumento del porcentaje necesario a todas ellas.
La ayuda percibida nunca será objeto de beneficio económico personal para la o el adjudicatario.
Un 75% de las ayudas se reservarán para el profesorado de la red pública y un 25% para el profesorado de la red concertada.
En caso de no poder adjudicarse el total de ayudas reservadas a una determinada red, éstas se concederán a la otra red.
Compatibilidad
En caso de habérsele concedido ayudas otorgadas por otras administraciones públicas para realizar o finalizar cursos de formación en centros públicos o privados homologados para el aprendizaje o perfeccionamiento del euskera del 1 de septiembre de 2023 al 31 de agosto de 2024, deberá presentar la acreditación de dicha cuantía, expedida por la administración otorgante, de tal manera que, sumando dicha ayuda y la concedida por el Departamento de Educación, nunca supere el importe de la matrícula (ni matrícula más importe del alojamiento en el caso de los cursos en residencias o barnetegis). En cualquier caso, la persona solicitante deberá comunicar al Servicio de Plurilingüismo y Enseñanzas Artísticas la totalidad de las ayudas solicitadas o recibidas.
Presentación de las solicitudes
La solicitud se realizará preferentemente mediante un formulario web (cuya URL se facilitará en el momento en que se inicie el plazo de solicitud, el día 2 de septiembre). La documentación que figura en el punto 5.2 de este anexo deberá presentarse adjunta al formulario web.
La Comisión de Selección se reserva el derecho de solicitar los documentos originales para realizar las comprobaciones pertinentes en caso de considerarlo necesario.
O bien se realizará presentando la instancia del Anexo 2º de esta Resolución y la documentación correspondiente en el Registro del Departamento de Educación.
No obstante, y sin perjuicio de lo anterior, también podrán ser presentadas por cualquiera de los medios previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En el caso de que los solicitantes optaran por presentar su solicitud y documentación en una Oficina de Correos, lo harán en sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada por el personal de Correos antes de ser certificada.
Todo el proceso de la convocatoria (solicitud, presentación de documentación, etc.) podrá llevarse a cabo también de forma telemática a través de la siguiente página web.
La tramitación electrónica requiere la posesión del DNI electrónico o certificado digital.
Las solicitudes para optar a estas ayudas deberán ir siempre dirigidas al Servicio de Plurilingüismo y Enseñanzas Artísticas del Departamento de Educación.