Documentación a presentar si el retorno ya se ha producido en la fecha de la solicitud de la ayuda:
Instancia de solicitud de la ayuda (según el modelo facilitado en la ficha de la convocatoria) que deberá ir en todos los casos acompañada de la siguiente documentación:
a) Documentación acreditativa de que la persona solicitante es oriunda de Navarra. Tal condición se podrá acreditar, sin perjuicio de otros medios de prueba admitidos en derecho, mediante la aportación de alguno de los siguientes documentos:
- DNI o pasaporte de la persona solicitante o certificado de nacimiento y, en su caso, de las personas de la unidad familiar que le acompañen en el retorno a Navarra.
- Documentación justificativa de que la última vecindad administrativa en España hubiera sido Navarra.
- Certificado de empadronamiento de la persona solicitante en el que conste que ha residido al menos 10 años continuados en Navarra.
- Libro de familia o documentación análoga que acredite que la persona solicitante es hija/o de ciudadana o ciudadano oriundo de Navarra.
b) Documento que acredite el tiempo de residencia en el extranjero. Se podrá acreditar, sin perjuicio de otros medios de prueba admitidos en derecho, mediante la aportación de los siguientes documentos:
- Certificado de residencia o de inscripción en el Registro de Matrícula consular del país o países en donde haya residido el solicitante.
- Certificado de vida laboral o académica o de cualquier otro documento oficial o no que de manera suficiente acredite el tiempo de residencia en el extranjero de la persona solicitante.
c) Certificado de empadronamiento que acredite el alta de la persona solicitante y, en su caso, de las personas beneficiarias en el padrón del municipio navarro donde tenga fijada su residencia.
d) Relación de los gastos de desplazamiento a Navarra, a indicar en la instancia de solicitud.
e) Documentación justificativa de todos los ingresos procedentes de rentas (de trabajo activo, pensiones, del capital o de actividades) del 1 de enero al 31 de diciembre de 2024 de la persona solicitante y, en su caso, de las personas a su cargo de la unidad familiar. En el caso de haber retornado entre el 4 de noviembre y el 31 de diciembre de 2024 se deberá presentar la documentación correspondiente al periodo comprendido entre el 1 de enero y 31 de diciembre 2023.
En el caso de los integrantes de la unidad familiar mayores de 18 años que no declaren ingresos se deberá aportar documento oficial acreditativo de tal circunstancia.
f) Declaración responsable de la persona solicitante en el sentido de que carece de bienes inmuebles de valor superior a 50.000 euros, distintos de la vivienda en la que resida o se pretenda residir tras el retorno (indicada en la instancia de solicitud).
g) Declaración responsable de la persona solicitante haciendo constar que ni esta ni, en su caso, los miembros de la unidad familiar que le acompañan, se encuentran incursos en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario de subvenciones previstas en la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones (a completar en la instancia de solicitud).
h) En el caso de que la persona solicitante haya retornado con personas a su cargo, deberá reflejarlo en la instancia de solicitud y aportar:
- Libro de familia de la persona solicitante o, en su defecto, documentación de prueba admitida en derecho que acredite la composición de la unidad familiar. En el caso de que la persona solicitante declare personas a su cargo directo no relacionadas en el libro de familia o documento análogo, deberá aportar certificación oficial o aportar cualquier otro medio de prueba admitido en derecho que acredite la convivencia con la persona solicitante de dichas personas.
- Respecto de descendientes mayores de 18 años o ascendientes mayores de 65 años incluido en la unidad familiar, deberá presentar certificación oficial o cualquier otro medio de prueba admitido en derecho que acredite un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
Documentación a presentar si el retorno todavía no se ha producido en la fecha de la solicitud de la ayuda:
Instancia de solicitud de la ayuda (según el modelo facilitado en la ficha de la convocatoria) que deberá ir en todos los casos acompañada de la siguiente documentación:
a) Documentación acreditativa de que la persona solicitante es oriunda de Navarra. Tal condición se podrá acreditar, sin perjuicio de otros medios de prueba admitidos en derecho, mediante la aportación de alguno de los siguientes documentos:
- DNI o pasaporte de la persona solicitante o certificado de nacimiento y, en su caso, de las personas de la unidad familiar que le acompañen en el retorno a Navarra.
- Documentación justificativa de que la última vecindad administrativa en España hubiera sido Navarra.
- Certificado de empadronamiento de la persona solicitante en el que conste que ha residido al menos 10 años continuados en Navarra.
- Libro de familia o documentación análoga que acredite que la persona solicitante es hija/o de ciudadana o ciudadano oriundo de Navarra.
b) Documento que acredite el tiempo de residencia en el extranjero. Se podrá acreditar, sin perjuicio de otros medios de prueba admitidos en derecho, mediante la aportación de los siguientes documentos:
- Certificado de residencia o de inscripción en el Registro de Matrícula consular del país o países en donde haya residido el solicitante.
- Certificado de vida laboral o académica o de cualquier otro documento oficial o no que de manera suficiente acredite el tiempo de residencia en el extranjero de la persona solicitante.
c) Fecha aproximada en la que se realizará el viaje de retorno a Navarra, a indicar en la instancia de solicitud.
d) Presupuesto de gastos previstos para el desplazamiento a Navarra, a indicar en la instancia de solicitud.
e) Documentación justificativa de todos los ingresos procedentes de rentas (de trabajo activo, pensiones, del capital o de actividades) del 1 de enero al 31 de diciembre de 2024 de la persona solicitante y, en su caso, de las personas a su cargo de la unidad familiar. En el caso de haber retornado entre el 4 de noviembre y el 31 de diciembre de 2024 se deberá presentar la documentación correspondiente al periodo comprendido entre el 1 de enero y 31 de diciembre 2023.
En el caso de los integrantes de la unidad familiar mayores de 18 años que no declaren ingresos se deberá aportar documento oficial acreditativo de tal circunstancia.
f) Declaración responsable de la persona solicitante en el sentido de que carece de bienes inmuebles de valor superior a 50.000 euros, distintos de la vivienda en la que resida o se pretenda residir tras el retorno (indicada en la instancia de solicitud).
g) Compromiso de la persona solicitante y, en su caso, de la unidad familiar, de empadronarse en un municipio de Navarra el 31 de octubre de 2025 como fecha tope, a indicar en la instancia de solicitud.
h) Declaración responsable de la persona solicitante donde indique el país desde el cual pretende retornar y el municipio de Navarra en el que se va a empadronar y en su caso de las personas a su cargo de la unidad familiar, a indicar en la instancia de solicitud.
i) Declaración responsable de la persona solicitante haciendo constar que ni esta ni, en su caso, los miembros de la unidad familiar que le acompañan, se encuentran inhabilitados para la obtención de ayudas de conformidad con lo previsto en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones (indicada en la instancia de solicitud).
j) En el caso de que la persona retorne con personas a su cargo:
- Declaración responsable de las personas a su cargo directo, a indicar en la instancia de solicitud.
- Libro de familia de la persona solicitante o, en su defecto, documentación de prueba admitida en derecho que acredite la composición de la unidad familiar. En el caso de que la persona solicitante declare personas a su cargo directo no relacionadas en el libro de familia o documento análogo, deberá aportar certificación oficial o aportar cualquier otro medio de prueba admitido en derecho que acredite la convivencia con la persona solicitante de dichas personas.
- Respecto de descendientes mayores de 18 años o ascendientes mayores de 65 años incluido en la unidad familiar, deberá presentar certificación oficial o cualquier otro medio de prueba admitido en derecho que acredite un grado de discapacidad igual o superior al 33%.