Ayudas David al alquiler de vivienda

El programa tiene por objeto facilitar el pago de la renta a personas con bajos ingresos

Información básica

Para acceder a la ayuda es necesario cumplir los siguientes requisitos: 

  1. Estar inscrito o inscrita en el censo de solicitantes de vivienda protegida antes del 31/12/2022 (incluido). Si no lo estás, puedes inscribirte aquí: censo de solicitantes
  2. Tener unos ingresos mínimos de 3.000 euros y unos ingresos máximos ponderados de hasta 1,7 veces SARA. Puedes consultar la equivalencia en euros aquí: tabla de equivalencias SARA. Para calcular los ingresos, se toma como referencia la declaración de la renta de la última campaña con plazo finalizado. Es decir: si la última campaña sigue abierta, la declaración de la campaña anterior. Hay que sumar las casillas 507 (base imponible) y 529 (rentas exentas) para calcular los ingresos. 
  3. La vivienda arrendada debe ubicarse en Navarra y el alquiler no puede superar los 675 euros mensuales. 

Aun cumpliendo estos requisitos, no puedes acceder a la ayuda si se da alguna de las siguientes circunstancias

  1. Eres titular de una vivienda o has transmitido una en los últimos 5 años, tanto en Navarra como fuera de la Comunidad foral. 
  2. Tienes parentesco con la parte arrendadora hasta el segundo grado de consanguinidad (padre/madre, abuelo/abuela, hermano/hermana) o afinidad (suegro/suegra, cuñado/cuñada).
  3. Has declarado como ingresos de la parte especial del ahorro una cantidad superior a 5.000 euros.
  4. Tienes bienes y derechos por valor superior a 90.000 euros.
  5. Otra persona que reside en la misma vivienda ya recibe la ayuda David.
  6. Estás percibiendo una subvención por el alquiler de una vivienda de protección oficial o una ayuda extraordinaria o de emergencia para el pago de la renta.
  7. Pagas el alquiler en metálico (en mano).

Condiciones generales de la ayuda

El importe de la ayuda es del 50 % del alquiler, sin superar los siguientes límites máximos: 

  • 340 euros por mes si los ingresos son inferiores a 1 vez SARA.
  • 280 euros por mes si los ingresos son iguales o superiores a 1 vez SARA e inferiores a 1,4 veces SARA.
  • 220 euros por mes si los ingresos son iguales o superiores a 1,4 veces SARA e inferiores a 1,7 veces SARA. 

En el siguiente enlace puedes consultar la tabla de equivalencias SARA.

La ayuda se concede para un año y, al finalizar este periodo, se debe renovar anualmente para comprobar que se siguen cumpliendo los requisitos. 

Condiciones especiales para las personas que se benefician del programa de Vivienda de Integración Social (VAIS)

En este caso, el importe de la ayuda es del 60 % del alquiler, con un límite máximo de 360 euros por mes.

Además, la ayuda se concede para 2 años y, al finalizar este periodo, se debe renover para comprobar que se siguen cumpliendo los requisitos.

Para poder disfrutar de estas condiciones especiales es necesario formar parte del programa VAIS desde antes del 1 de enero del año correspondiente.

Procedimiento para el abono de la ayuda

Una vez presentada la solicitud o la renovación, el Servicio de Vivienda comprueba si se cumplen o no los requisitos de acceso y notifica vía correo electrónico la aprobación o denegación de la ayuda.

Si el resultado es favorable, cada mes debes presentar el justificante bancario del pago de la renta por vía online. El abono se realizará una vez comprobado que todo es correcto.

Para realizar la solicitud, no es necesario aportar ninguna documentación. Sin embargo, es conveniente tener a mano el contrato de alquiler, dado que deberás indicar algunos datos. Entre ellos:

  • La dirección de la vivienda arrendada y el número de dormitorios.
  • El nombre y NIF de la persona arrendadora.
  • La fecha de inicio del contrato.
  • La renta mensual que se paga.
  • El número de cuenta bancaria de la persona inquilina y de la arrendadora.

Tramitación

Instrucciones:

  • A través del botón 'Tramitar', puedes solicitar y renovar la ayuda, así como presentar mensualmente los justificantes bancarios de pago.
  • Si necesitas ayuda de cara a la solicitud inicial, puedes descargarte el manual sobre cómo solicitar la ayuda.

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Otras formas de tramitar:

La solicitud inicial también se puede presentar de forma presencial en las oficinas de Nasuvinsa, con cita previa. Se debe solicitar en el teléfono 948 012 012 o a través de internet.

Contacto

Correo electrónico: davidvivienda@navarra.es 

Advertencia: el contenido de esta página tiene carácter meramente informativo; las condiciones son las publicadas en la normativa correspondiente.