Ayudas al alumnado con necesidades educativas especiales para actividades durante las vacaciones escolares del curso 2022-2023

Están dirigidas a paliar los gastos de inscripción y disfrute de las actividades educativas organizadas tanto por las administraciones públicas como por las entidades privadas sin ánimo de lucro durante las vacaciones de Navidad, Semana Santa y verano

Información básica

Alumnos y alumnas con edades comprendidas entre los 3 y los 21 años cumplidos a 31 de diciembre de 2023:

  • Que tengan el certificado de discapacidad o estén censados o censadas en EDUCA por tener necesidades educativas especiales asociadas a alguna discapacidad, así como a quienes estén inmersos o inmersas en un proceso diagnóstico para confirmarlo o descartarlo.
  • Que residan en Navarra.

Se destinarán un total de 70.000 euros. Para cada periodo vacacional se establecen los siguientes gastos máximos:

  • Navidad 2022/2023: 15.000 euros
  • Semana Santa 2023: 10.000 euros
  • Verano 2023: 45.000 euros

Se abrirán tres plazos de solicitud, uno por cada periodo vacacional:

Navidad 2022/2023  del 9 al 20 de enero de 2023
Semana Santa 2023  del 17 al 28 de abril de 2023
Verano 2023  del 1 al 14 de septiembre de 2023


Solicitud online: una vez se abra el periodo, las solicitudes se realizarán a través del apartado "Tramitación" que aparece en esta ficha, previa identificación con alguna de las siguientes credenciales: certificado digital, DNI electrónico o Sistema Cl@ve.

1. Documentación que hay que presentar la primera vez que se solicite la ayuda (no es necesario adjuntarla en los siguientes periodos vacacionales que comprenden esta convocatoria):

  • Fotocopia del DNI de la persona solicitante (padre, madre o tutor o tutora legal). Fotocopia del pasaporte para las personas solicitantes que carezcan de DNI y NIE.
  • Fotocopia completa del libro de familia. En el caso de progenitores separados, divorciados o tutores, es preciso adjuntar justificante de que el alumno o alumna está a cargo de quien efectúa la solicitud. En caso de divorcio con custodia para uno de los progenitores, sentencia de divorcio. 
  • Fotocopia del certificado de discapacidad o certificado del orientador u orientadora que indique el eje en el que se encuentra censado o censada en EDUCA o informe médico que incluya juicio clínico o sospecha diagnóstica.
  • Acreditación oficial (empadronamiento) de la residencia efectiva del o la menor en Navarra durante los dos años anteriores a la actividad.
  • Fotocopia completa de las declaraciones de IRPF correspondiente al año 2021, presentadas por los miembros de  la unidad familiar a la que pertenece el o la solicitante. En caso de custodia compartida, fotocopia de las declaraciones de ambos progenitores.
  • Fotocopia de la certificación oficial de pertenecer a alguna de las situaciones descritas en la base 9.3 de la presente convocatoria.
  • Certificado de titularidad bancaria.

2. Documentación a presentar en cada periodo vacacional para el que se solicite la ayuda:

  1. Anexo II: Declaración de no estar incursa la persona beneficiaria en causa de prohibición de obtener la condición de beneficiaria.
  2. Anexo III: Certificado realizado por un o una profesional acreditada, indicando la conveniencia de la actividad educativa y los objetivos de la misma.
  3. Anexo IV: Certificado de la asistencia y del pago de la actividad educativa.
  4. Certificado de la entidad organizadora de la actividad educativa en el que se detallarán las condiciones de la misma: fechas de duración, folleto o programa de las actividades.
  5. Anexo V: Declaración responsable manifestando si se han obtenido o no otras ayudas para la misma finalidad y objeto, con indicación de la cuantía de las mismas en caso afirmativo.

3. En las situaciones en las que no es posible realizar la tramitación telemática, deberán entregar la hoja de solicitud junto con el resto de documentación.

Resolución 472/2022, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas para el curso 2022/2023.

Resultados

Concesión provisional verano 2023: 

  • Resolución 448/2023, por la que se resuelven provisionalmente las ayudas para el periodo de verano 2023 (publicada el 10/11/2023).
  • Anexo provisional verano: relación de ayudas concedidas y denegadas provisionalmente y los códigos de denegación. La relación está ordenada por número de DNI de la persona que formuló la solicitud (madre, padre o tutor/a).
  • Reclamaciones y subsanaciones: del 13 al 24 de noviembre, ambos inclusive.

Concesión definitiva Semana Santa 2023: 

  • Resolución 342/2023, por la que se resuelven definitivamente las ayudas para el periodo de Semana Santa 2023 (publicada el 21/08/2023).
  • Anexo Semana Santa definitivo: relación de ayudas concedidas y denegadas definitivamente y los códigos de denegación. La relación está ordenada por número de DNI de la persona que formuló la solicitud (madre, padre o tutor/a).

 

Concesión provisional Semana Santa 2023: 

  • Resolución 267/2023, por la que se resuelven provisionalmente las ayudas para el periodo de Semana Santa 2023 (publicada el 04/07/2023).
  • Anexo Semana Santa: relación de ayudas concedidas y denegadas provisionalmente y los códigos de denegación. La relación está ordenada por número de DNI de la persona que formuló la solicitud (madre, padre o tutor/a).
  • Reclamaciones y subsanaciones: del 5 al 18 de julio, ambos inclusive.

Concesión definitiva Navidad 22/23: 

  • Resolución 155/2023, por la que se resuelven definitivamente las ayudas para el periodo de Navidad 22/23 (publicada 08/05/2023).
  • Anexo definitivo Navidad: relación de ayudas concedidas y denegadas provisionalmente y los códigos de denegación. La relación está ordenada por número de DNI de la persona que formuló la solicitud.

 

Concesión provisional Navidad 22/23: 

  • Resolución 81/2023, por la que se resuelven provisionalmente las ayudas para el periodo de Navidad 22/23 (publicada 24/03/2023).
  • Anexo Navidad: relación de ayudas concedidas y denegadas provisionalmente y los códigos de denegación. La relación está ordenada por número de DNI de la persona que formuló la solicitud.
  • Reclamaciones y subsanaciones: del 27 de marzo al 12 de abril, ambos inclusive.
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