1. Será objeto de subvención la nueva contratación por las beneficiarias de personas para la ejecución del plan de internacionalización de la empresa ya sea en un centro de trabajo de la empresa en Navarra o en el extranjero. Para ser subvencionables los gastos relativos a la contratación deberán abonarse por parte de la empresa beneficiaria.
2. Las personas contratadas deberán cumplir los siguientes requisitos:
- No ser cónyuge o persona vinculada por análoga relación de afectividad ni familiar dentro del cuarto grado de consanguinidad o del segundo de afinidad de quienes tengan la propiedad de la empresa o el control empresarial, ostenten cargos de dirección o sean miembros de los órganos de administración de la empresa.
- No haber trabajado en la empresa solicitante en los tres últimos años anteriores a la fecha de solicitud de la ayuda. Se acreditará mediante el informe de vida laboral de la empresa relativo a ese periodo.
3. Los contratos laborales deberán cumplir las siguientes condiciones:
- Indefinido y a jornada completa.
- Recoger que la persona contratada prestará sus servicios para tareas que se correspondan con la ejecución del plan de internacionalización de la empresa y asignar el grupo profesional acorde con dichas tareas.
- Estar fechados y comenzar entre el día de publicación de la convocatoria y el 31 de marzo de 2025, incluido.
4. La persona contratada será dada de alta en la Seguridad Social en los grupos de cotización 1, 2 o 3, según corresponda a su categoría profesional.
5. El importe de la ayuda por contratación será de 14.000 euros.
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