Ayudas a la contratación de personas promotoras y gestoras de proyectos europeos 2024

Las personas contratadas realizarán labores de búsqueda e identificación de convocatorias de ayudas a las que presentar propuestas en el marco de proyectos europeos y/o mejorar dichas propuestas para aumentar su grado de éxito

Información básica

Podrán ser beneficiarias aquellas empresas y entidades sin ánimo de lucro que reúnan los siguientes requisitos:

  • Tener domicilio fiscal en Navarra.
  • No estar cumpliendo sanciones administrativas firmes ni una sentencia firme condenatoria, por ejercer o tolerar prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género o, en su caso, no estar pendiente de cumplimiento de sanción o sentencia impuesta por dichos motivos.
  • No estar incursas en las prohibiciones para ser beneficiarias establecidas en el artículo 13.2 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.
  • Que su actividad económica no cause ningún perjuicio significativo a objetivos medioambientales de los señalados en el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de junio de 2020, relativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/2088 (Reglamento de Taxonomía).

Será objeto de subvención la contratación por las beneficiarias de personas para promoción y gestión de proyectos europeos, incluidas las siguientes tareas: creación de una idea de proyecto, monitorización e identificación de programas y convocatorias en las que encaje dicha idea, búsqueda de socios o de propuestas a las que adherirse y seguimiento y evaluación de las propuestas presentadas durante toda la duración del proyecto.

Los contratos deberán cumplir las siguientes condiciones:

  • Tener una duración mínima de doce meses y ser a jornada completa.
  • Ser indefinido. No serán válidos los contratos celebrados con personas que trabajen como autónomas.
  • Ser una nueva contratación. No será válida la actualización de contratos celebrados con personas que estén trabajando en la entidad en el momento de publicarse la convocatoria. En el supuesto de que la entidad ya haya sido beneficiaria de esta convocatoria en años anteriores, en ningún caso podrá volver a contratarse a la misma persona para cuya contratación ya se obtuvo esta ayuda.
  • Recoger que la persona contratada prestará sus servicios para labores de gestión y/o promoción de proyectos europeos y asignar el grupo profesional acorde con dichas tareas.
  • Estar fechados entre el día de publicación de la convocatoria y, como máximo, dos meses después de la notificación de la concesión de la subvención.

La persona contratada será dada de alta en la Seguridad Social en los grupos de cotización 1 ó 2, según corresponda a su categoría profesional, y tendrá un salario bruto anual de, mínimo, 32.000 euros.

La persona contratada prestará sus servicios en centros de trabajo radicados en Navarra.

La persona contratada, en el momento de la contratación, no podrá ser cónyuge, ascendiente, descendiente o pariente por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado inclusive, de quienes tengan la propiedad de la entidad o el control empresarial, ostenten cargos de dirección o sean miembros de los órganos de administración de las entidades o de las empresas que revistan la forma jurídica de sociedad.

El importe de la ayuda será de 20.000 euros por contratación.

Documentación a presentar en la solicitud

La siguiente documentación, ajustada a los modelos disponibles en la ficha de las ayudas, se presentará escaneada en documentos separados y debidamente identificados con su nombre:

  1. Formulario de solicitud, que incluirá la declaración responsable a la que hace referencia la base 3.
  2. Memoria donde se detallen los criterios de valoración exigidos.

Si la solicitud no reuniera los requisitos indicados en el artículo 66 de la LPAC, el órgano competente requerirá a la entidad interesada para que la subsane en el plazo máximo de 10 días hábiles, indicándole que si no lo hicera se le tendrá por desistida de su solicitud y se dictará resolución de archivo del expediente.

En ningún caso será subsanable la no presentación de la documentación exigida en el número 2.

 

Documentación a presentar tras la concesión

  • Documentación a presentar en el plazo de un mes desde la notificación de la concesión de la subvención:
    • Declaración sobre la obligación de transparencia
  • Documentación a presentar en el plazo de dos meses desde la notificación de la concesión de la subvención:
    • Una copia del contrato
    • En caso de que las retribuciones se establezcan según convenio, copia del mismo.
    • Informe de vida laboral del código cuenta de cotización de la empresa en el que figure la persona contratada.
    • Declaración jurada que certifique que la contratación cumple las condiciones exigidas en la base 3.                                 
    • Fotocopia del DNI o pasaporte de la persona contratada.
    • Currículum de la persona contratada donde figure su formación académica, experiencia, idiomas, etc.
  • Documentación a presentar antes del 15 de noviembre de 2024:
    • Las nóminas y sus justificantes de pago desde que se formalizó el contrato hasta octubre de 2024 incluido.
    • Documento “Relación Nominal de Trabajadores” de la Seguridad Social correspondiente a esos meses de contrato.
    • Prueba documental del cumplimiento de la obligación de publicidad contemplada en la letra d) de la base 11, salvo que la publicidad se efectúe a través de la web de la entidad en cuyo caso se indicará su dirección. Descargar el logo de Gobierno de Navarra.
  • Documentación a presentar transcurridos doce meses de la contratación, y en el plazo máximo de 2 meses desde el fin del periodo subvencionado:
    • Las nóminas y sus justificantes de pago, correspondientes a los meses transcurridos desde noviembre de 2024 hasta la finalización del contrato subvencionado.
    • Documentos "Relación Nominal de Trabajadores"correspondientes a los meses transcurridos desde noviembre de 2024 hasta la finalización del contrato subvencionado.
    • Informe de vida laboral del código cuenta de cotización de la empresa correspondiente al periodo subvencionado del contrato (12 meses).
    • Una memoria final, que recogerá como mínimo la siguiente información:
      • Descripción de las acciones desarrolladas por la persona contratada en el marco de la memoria presentada en la solicitud y grado de satisfacción de la empresa con el trabajo realizado.
      • Grado de consecución de los objetivos, según lo planteado en la memoria de solicitud de la ayuda y, en todo caso, información sobre todas las posibles oportunidades identificadas o de las propuestas presentadas a convocatorias de proyectos europeos derivadas de la contratación realizada.
Contacto

Dirección General de Acción Exterior
Servicio de la Oficina de Proyectos Europeos
Teléfono: 848 433 482
Correo electrónico: asuntoseuropeos@navarra.es

Este trámite está asociado al siguiente procedimiento administrativo:

Ayuda a la contratación de personas promotoras y gestoras de proyectos europeos

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