Ayudas a asociaciones de empresas artesanales agroalimentarias 2024

Ayudas para incentivar la calidad en la elaboración y transformación de alimentos artesanos y contribuir a la financiación del coste de promoción y comercialización de unos productos de características diferenciales

Información básica

Asociaciones de empresas artesanales agroalimentarias, legítimamente constituidas, sin ánimo de lucro, radicadas en Navarra e inscritas en el Registro de empresas artesanales agroalimentarias.

Se considerará que carecen de fines lucrativos aquellas entidades que, aunque desarrollen actividades de carácter comercial, inviertan los beneficios resultantes de las mismas, en su totalidad, en el cumplimiento de sus fines institucionales no comerciales.

Requisitos de las beneficiarias:

  • Estar al corriente del cumplimiento de sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social.
  • Cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de Subvenciones.
  • El importe total de la ayuda de minimis concedida a una única empresa no excederá de 300.000 euros durante cualquier periodo de tres ejercicios fiscales.

Serán subvencionables las actividades ligadas a la promoción y comercialización de productos amparados por el distintivo de calidad "Alimentos Artesanos de Navarra". Puede comprender entre otros los siguientes conceptos:

  • La realización de planes estratégicos y planes de promoción de la marca “Alimentos Artesanos de Navarra”, y estudios de mercado de los productos amparados por el distintivo de calidad de la artesanía agroalimentaria de Navarra.
  • La participación en foros de intercambio de conocimientos entre empresas y misiones comerciales, así como de concursos, exhibiciones de producto y ferias.
  • La organización o participación en eventos promocionales, acciones en puntos de venta y mercados de venta de productos artesanos agroalimentarios de Navarra, así como los materiales promocionales.
  • La edición de publicaciones, catálogos y folletos, así como los sitios web que presenten información sobre los productos y productores, y que incentive el consumo de estos productos acogidos al distintivo de calidad.
  • Las campañas de publicidad, sustentadas en prensa, radio, televisión, Internet u otros medios, que inciten al consumo de productos artesanos agroalimentarios de Navarra.
  • La organización de misiones inversas que promuevan el conocimiento y la venta de productos amparados por el distintivo de calidad “Alimentos Artesanos de Navarra”.

La ayuda será del 75% de los gastos subvencionables. Se considerarán gastos subvencionables los correspondientes a las actuaciones anteriormente mencionadas realizados por las entidades beneficiarias, ejecutados y abonados entre el 1 de enero de 2024 y el 31 de octubre de 2024.

Una vez finalizadas las actuaciones objeto de la subvención y, en todo caso, antes del 10 de noviembre del ejercicio 2024, el beneficiario deberá presentar solicitud de pago de la ayuda.

Las ayudas serán concedidas mediante el procedimiento de concurrencia competitiva. El presente régimen de ayudas se encuentra acogido al Reglamento de la Unión Europea a las ayudas de minimis.

Contacto

Servicio de Explotaciones Agrarias y Fomento Agroalimentario 
Teléfonos: 848 426 111 / 848 426 183
Correo electrónico: acaballa@navarra.es

Advertencia: el contenido de esta página tiene carácter meramente informativo; las condiciones son las publicadas en la normativa correspondiente.

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