Requieren autorización todas las actuaciones e instalaciones de nueva implantación o de reforma de las existentes, que afecten a la carretera y a las zonas de protección situadas en sus márgenes, entre ellas las siguientes:
- Obras de accesos a propiedades
- Cerramientos
- Despejes, desbroces, talas y plantación de arbolado
- Instalación de aspersores, placas solares, aerogeneradores, etc.
- Cruzamientos que sean imprescindibles para redes e infraestructuras de servicios
- Conducciones subterráneas longitudinles
- Tendidos aéreos.
- Ocupaciones temporales de la calzada
- Movimientos de tierra, explanaciones y acopios
- Ejecución de viales, carriles bicis, aceras, caminos, aparcamientos, paradas de autobús, isletas, zonas ajardinadas, etc.
- Instalación o reforma de estaciones de servicio, de recarga, etc.
- Implantación y/o reforma de edificaciones de cualquier tipo
- Publicidad y/o cartelería
- Señalización, espejos, radares, balizamiento o cualquier otro elemento viario
- Pasos peatonales
- Señalización de obras
- Desagües a la red de drenaje de la carretera
- Desvíos de tráfico relacionados con actuaciones anteriores
- Prórroga de las autorizaciones ya emitidas y caducadas
Información complementaria y de tramitación: