Autorización para la aplicación aérea de productos fitosanitarios

Información básica

Toda persona física o jurídica que quiera solicitar la autorización para realizar un tratamiento aéreo con productos fitosanitarios en Navarra.

Únicamente se podrán autorizar estas aplicaciones cuando no se disponga de una alternativa técnica y económicamente viable, o cuando las existentes presenten desventajas en términos de impacto en la salud humana o el medio ambiente.

Los tratamientos se realizarán con productos fitosanitarios autorizados para el cultivo y plaga de que se trate, y aprobados específicamente para su aplicación aérea por el Ministerio competente, previa evaluación específica de los riesgos que supone dicho tipo de aplicación.

 

Pasos del procedimiento (por parte del Servicio de Agricultura):

  • Revisión de la documentación recibida
  • Resolución de autorización o resolución desestimada, según proceda

Real Decreto 1311/2012, por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios.

Tramitación

Instrucciones:

  • Personas jurídicas: deben presentar su solicitud de forma online a través de esta ficha (botón 'Tramitar').
  • Personas físicas: deben presentar su solicitud preferentemente de forma online (botón 'Tramitar'). Además, pueden presentarla de forma presencial.

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Otras formas de tramitar:

También se puede presentar en las oficinas de registro y atención del Gobierno de Navarra y en cualquier otro lugar previsto en la Ley 39/2015.

Contacto

Sección de Producción y Sanidad Vegetal
C/ González Tablas, 9, 1.ª planta
31005 Pamplona / Iruña
Teléfonos: 848 426 416 / 848 426 665 / 848 423 798
Correo electrónico: spsv@navarra.es

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