Autorización de servicios de farmacia y depósitos de medicamentos

Información básica

Centros sanitarios y sociosanitarios públicos y privados.

Esta autorización es obligatoria antes de iniciar la actividad del servicio de farmacia y del depósito de medicamentos.

Autorización de servicios de farmacia (para centros de más de 100 plazas):

Autorización de depósitos de medicamentos (solo para centros de menos de 100 plazas)

  • Decreto Foral 12/2023, por el que se regula la atención farmacéutica en los servicios de farmacia y los depósitos de medicamentos de los centros sociosanitarios de la Comunidad Foral de Navarra.
  • Orden Foral 622E/2017, por la que se establecen los requisitos técnico-sanitarios aplicables a la preparación y entrega de los sistemas personalizados de dosificación de medicamentos en las oficinas de farmacia de la Comunidad Foral de Navarra.
  • Ley Foral 12/2000, de Atención Farmacéutica.

Tramitación

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Contacto

Sección de Ordenación e Inspección Farmacéutica
C/ Amaya, 2 A - 2.ª planta
31002 Pamplona / Iruña
Teléfono: 848 424 679
Correo electrónico: inspeccion.farmacia@navarra.es

Advertencia: el contenido de esta página tiene carácter meramente informativo; las condiciones son las publicadas en la normativa correspondiente.