Solicitud de indemnización por interacción de ganado y fauna silvestre

Indemnizaciones de daños por fauna silvestre a actividades agroganaderas

Información básica

Ganaderos y ganaderas.

  • Orden Foral 607/1997, por la que se regulan las indemnizaciones correspondiente a los daños causados al ganado por los buitres.
  • Decreto Foral 268/1996, plan de recuperación del oso pardo (Ursus arctos).
  • Decreto Foral 563/1995, por el que se incluyen en el Catálogo de especies amenazadas de Navarra determinadas especies y subespecies de vertebrados de la fauna silvestre.
  • Ley Foral 2/1993, de protección y gestión de la fauna silvestre y sus hábitats, artículo 31.

Tramitación

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Otras formas de tramitar:

Presencialmente en:

  • Registro del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente
    C/ González Tablas nº 9, planta baja
    31005 Pamplona (Navarra)
  • Oficinas de Área del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente

También se puede presentar en las oficinas de registro y atención del Gobierno de Navarra y en cualquier otro lugar previsto en la Ley 39/2015.

Contacto

Servicio de Biodiversidad
Sección de Espacios Naturales y Especies Protegidas
C/ González Tablas nº 9, planta baja
31005 Pamplona
Teléfonos: 848 426 676 / 848 426 801

Advertencia: el contenido de esta página tiene carácter meramente informativo; las condiciones son las publicadas en la normativa correspondiente.

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