Pago de retenciones

Información básica

Las personas físicas y jurídicas obligadas a retener, por las rentas que satisfagan, de acuerdo con la normativa del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades.

Tramitación

Plazo:

  • Trimestrales: el plazo para presentar la declaración e ingreso será los 20 primeros días naturales del mes siguiente a cada trimestre, salvo las declaraciones correspondientes al segundo y cuarto trimestre, cuyos plazos finalizan los días 5 de agosto y 31 de enero, respectivamente.
  • Mensuales: el plazo para presentar la declaración e ingreso será los 30 primeros días naturales del mes siguiente al correspondiente periodo de liquidación mensual o hasta el último día del mes de febrero en el caso de la declaración-liquidación correspondiente al mes de enero. Sin embargo, las correspondientes a los meses de junio, julio y diciembre podrán presentarse hasta los días 5 de agosto, 20 de septiembre y 31 de enero, respectivamente.

Los vencimientos que coincidan con sábado o festivo se trasladarán al primer día hábil siguiente.

Otras formas de tramitar:

En el caso de no realizar el pago por vía telemática, se presentará la carta de pago en las entidades colaboradoras (entidades financieras).

Contacto

Para consultas fiscales:
Atención web
Atención por teléfono: 948 505 152

Advertencia: el contenido de esta página tiene carácter meramente informativo; las condiciones son las publicadas en la normativa correspondiente.

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