Registro de control metrológico

Inscripción, modificación y baja en el registro

Información básica

  • Fabricantes: personas físicas o entidades que fabriquen, importen, comercialicen o cedan en arrendamiento los instrumentos o sistemas de medida sometidos al control metrológico del Estado.
     
  • Organismos designados:  entidades que realizan las evaluaciones de la conformidad o las verificaciones relacionadas con la ejecución del control metrológico del Estado. 
     
    • Organismos que actúan en la fase de comercialización y puesta en servicio (organismos notificados y organismos de control metrológico). 
    • Organismos que actúan en la fase de instrumentos en servicio (verificación periódica y después de reparación o modificación de los instrumentos de medida en servicio).
    • Organismo autorizado de verificación metrológica.
       
  • Reparadores: las personas físicas o jurídicas que reparen instrumentos de medida sujetos al control metrológico del Estado.

La Administración pública competente les asignará un código alfanumérico de identificación, que deberá ser utilizado por los fabricantes, los organismos designados y las entidades reparadoras en todos los documentos emitidos como consecuencia de sus intervenciones.

Una vez realizado el trámite, se le remitirá al solicitante el certificado de inscripción en el Registro de Control Metrológico.

El período de vigencia de las inscripciones será indefinido.

El ámbito de actuación es nacional para todos/as, excepto para los organismos notificados y fabricantes cuyo ámbito es la Unión Europea.

Fabricantes

  • Presentar la solicitud.
  • Incluir el número del Documento Nacional de Identidad, número de identificación fiscal o documentos equivalentes.
  • En el apartado de 'Observaciones' de la solicitud, especificar los tipos de los instrumentos sometidos al control metrológico del Estado que fabrican, importan, comercializan o ceden.
  • Adjuntar el justificante de abono de tasas por emisión de certificado de inscripción.


Organismos designados (entidades que intervengan en las fases del control metrológico (organismos notificados, de control metrológico o autorizados de verificación metrológica)

  • Presentar la solicitud.
  • Incluir el número del Documento Nacional de Identidad, número de identificación fiscal o documentos equivalentes.
  • En el apartado de 'Observaciones' de la solicitud, especificar el alcance de la designación. Esta consiste en una descripción de las actividades de evaluación de la conformidad o verificación, del módulo o módulos de evaluación de la conformidad o tipo de verificación, del instrumento de medida, y sus posibles rangos de medida.
  • Adjuntar la acreditación por la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC).
  • Adjuntar el justificante de abono de tasas por emisión de certificado de inscripción.


Personas físicas o jurídicas que reparen instrumentos de medida

  • Presentar la solicitud.
  • Incluir el número del Documento Nacional de Identidad, número de identificación fiscal o documentos equivalentes.
  • Adjuntar la declaración responsable.
  • Adjuntar el justificante de abono de tasas por emisión de certificado de inscripción.
  • Legislación autonómica:
    • Orden Foral 294/2012, por la que se establece la ordenación del control metrológico en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra.
       
  • Legislación general:
    • Orden ICT 155/2020, por la que se regula el control metrológico del Estado de determinados instrumentos de medida.
    • Resolución de 2017 de la Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, por la que se publica la Directriz 1/2017 para la designación y control de organismos notificados, de control y autorizados de verificación metrológica.
    • Real Decreto 244/2016, por el que se desarrolla la Ley 32/2014.
    • Ley 32/2014, de Metrología.
       
  • Legislación sobre control metrológico: ver en Centro Español de Metrología.

Tramitación

Instrucciones:

Para inscribirse en el registro, es necesario abonar una tasa en este enlace.

Una vez abonada, se obtendrá un justificante. 

Este justificante deberá adjuntarse al pulsar en el siguiente botón hacer la inscripción en el registro. 

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

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  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

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Resultados

Contacto

Servicio de Ordenación Industrial, Infraestructuras Energéticas y Minas
Parque Tomás Caballero, 1, 5.ª planta
31005 Pamplona / Iruña
Teléfono: 848 420 870
Correo electrónico: metrologia@navarra.es

Este trámite está asociado al siguiente procedimiento administrativo:

Registro de control metrológico

Advertencia: el contenido de esta página tiene carácter meramente informativo; las condiciones son las publicadas en la normativa correspondiente.