Proceso electoral para designar representantes de entidades y colegios profesionales en el Consejo Navarro de Bienestar Social

Información sobre las candidaturas presentadas y resultados de las votaciones en las áreas en las que existían varias candidaturas

Información básica

  • Representantes de algunos de los siguientes Colegios Profesionales de Navarra: trabajo social y asistentes sociales, psicólogos, médicos, enfermería o Diplomados Universitarios de Enfermería, terapeutas ocupacionales, fisioterapeutas, sociólogos, graduados sociales, educadores sociales, abogados y economistas.
  • Entidades de iniciativa privada de servicios sociales por cada una de las siguientes áreas de intervención: Familia, Menores, Discapacidad, Tercera Edad, Inmigración y Exclusión Social.

Para la elección de representantes de colegios profesionales, si finalizado el plazo no hubiera más que tres candidaturas, éstas serán objeto de designación directa. Si hubiera más de tres, el Departamento competente en materia de servicios sociales señalará día y hora, por un máximo de tres veces, para que procedan a la elección entre ellas.

Agotada esta posibilidad, así como en el caso de que no se presentara en plazo el número de candidaturas suficientes, la persona titular del Departamento competente en materia de servicios sociales designará libremente a los representantes, previa su aceptación.

En el caso de representantes de entidades de iniciativa privada de servicios sociales, si finalizado el plazo no hubiera más que una candidatura, esta será objeto de designación directa. Si hubiera más de una, el Departamento competente en materia de servicios sociales señalará día y hora, por un máximo de tres veces, para que procedan a la elección entre ellas.

Agotada esta posibilidad, así como en el caso de que no se presentara en plazo ninguna candidatura, la persona titular del Departamento competente en materia de servicios sociales designará libremente al representante, previa su aceptación.

  • Orden Foral 14/2024, por la que se establece el plazo de presentación de candidaturas y posible fecha de votación para la propuesta de designación de parte de los y las vocales del Consejo Navarro de Bienestar Social.
  • Decreto Foral 50/2007, por el que se regula el Consejo Navarro de Bienestar Social.
  • Ley 39/201, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC).

Resultados

Contacto

Secretaría General Técnica - Departamento de Derechos Sociales, Economía Social y Empleo
C/ González Tablas, 7
31005, Pamplona
Teléfonos: 848 42 69 00
Correo electrónico: info.derechossociales@navarra.es

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