Pago de cuotas a la Seguridad Social de personas trabajadoras que han capitalizado las prestaciones por desempleo

Información básica

  • Personas en desempleo que se incorporen a una cooperativa o sociedad laboral como personas socias-trabajadoras.
  • Personas en desempleo que se constituyan como personal trabajador autónomo.

Se abonará el 50% de la cuota mínima del régimen autónomo de la Seguridad Social o el 100% de la aportación de la persona trabajadora al régimen general de Seguridad Social, durante el tiempo que se hubiera percibido la prestación por desempleo si no se ha percibido en su modalidad de pago único.

Tramitación

Plazo:

El plazo para presentar los boletines de cotización, a efectos del abono de las subvenciones, expira una vez transcurridos seis meses contados a partir del mes objeto de subvención.

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Plazo:

El plazo para presentar los boletines de cotización, a efectos del abono de las subvenciones, expira una vez transcurridos seis meses contados a partir del mes objeto de subvención.

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Contacto

Servicio de Fomento del Empleo y Servicios a Empresas
Sección de Fomento del Empleo e Igualdad de Oportunidades
Teléfono: 848 42 44 34 (Jesús Izco Tejada)
Correo electrónico: jizcotej@cfnavarra.es

Este trámite está asociado al siguiente procedimiento administrativo:

Pago de cuotas a la Seguridad Social de los trabajadores que han capitalizado las prestaciones por desempleo

Advertencia: el contenido de esta página tiene carácter meramente informativo; las condiciones son las publicadas en la normativa correspondiente.

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