Estarán obligados a presentar el modelo S91:
- Sujetos pasivos del Impuesto de Sociedades y el Impuesto sobre la Renta de no Residentes correspondiente a establecimientos permanentes que, de conformidad con lo establecido en el Convenio Económico apliquen normativa foral navarra, siempre que deban efectuar los pagos fraccionados de conformidad con lo establecido en el art. 68 de la Ley Foral del Impuesto sobre Sociedades.
- Sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades o del Impuesto sobre la Renta de no residentes correspondiente a establecimientos permanentes que apliquen normativa estatal o foral del País Vasco, y deban efectuar la declaración e ingreso de los pagos fraccionados a la Comunidad Foral.
No estarán obligados a presentar declaración del modelo S91 ni a realizar el correspondiente ingreso los sujetos pasivos cuyo pago fraccionado resultante de la aplicación de la primera modalidad (en función de la cuota efectiva del último periodo impositivo cerrado) sea inferior a 100 euros.