Plazo:
La declaración-liquidación se presenta durante los treinta primeros días naturales del mes siguiente al correspondiente periodo de liquidación mensual o hasta el último día del mes de febrero en el caso de la declaración-liquidación correspondiente al mes de enero.
Sin embargo, las correspondientes a los meses de junio, julio y diciembre podrán presentarse hasta los días 5 de agosto, 20 de septiembre y 31 de enero, respectivamente.