Declaración informativa de préstamos y créditos, y operaciones financieras relacionadas con bienes inmuebles (modelo 181)

Información básica

Deberán presentar este modelo, de conformidad con el artículo 46.2 del Convenio Económico:

  • Las entidades de crédito y demás entidades que se dediquen al tráfico bancario o crediticio.
  • Las entidades que concedan o intermedien en la concesión de préstamos (hipotecarios o de otro tipo) o intervengan en cualquier otra forma de financiación de la adquisición de un bien inmueble o de un derecho real sobre un bien inmueble.
  • Comunicar a Hacienda Tributaria de Navarra los siguientes datos referidos a los créditos y préstamos concedidos:
    • Nombre y apellidos o razón social o denominación completa y NIF de los prestatarios.
    • Nombre y apellidos o razón social o denominación completa y NIF de los prestamistas.
    • Saldo por importe superior a 6.000 euros, existente a 31 de diciembre.
  • En el caso de que la finalidad de la operación de financiación sea la adquisición de un bien inmueble o de un derecho real sobre un bien inmueble, se comunicará, además, los siguientes datos:
    • Nombre y apellidos o razón social o denominación completa y NIF de los intermediarios.
    • Nombre y apellidos o razón social o denominación completa y NIF de las partes en otras operaciones financieras.
    • Importe total del préstamo u operación, las cantidades satisfechas en el año en concepto de intereses y de amortización de capital, y demás gastos de financiación.
    • Año de constitución del préstamo u operación y el periodo de duración.
    • Indicación, en su caso, del destino del inmueble como vivienda habitual.
    • Referencia catastral.
    • Valor de tasación del inmueble.

Tramitación

Plazo:

Deberá presentarse entre el 1 de enero y el 5 de febrero de cada año, en relación con las operaciones que correspondan al año natural anterior.

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Plazo:

Para declaraciones de más de 12.000 registros, se debe utilizar el formulario auxiliar 994.

Deberá presentarse entre el 1 de enero y el 5 de febrero de cada año, en relación con las operaciones que correspondan al año natural anterior.

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Contacto

Para consultas fiscales:
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