Convalidación de la autorización de funcionamiento de centros sanitarios

Información básica

  • Profesionales sanitarios.
  • Centros sanitarios públicos y privados.

Cada 5 años se solicitará la convalidación de la autorización de funcionamiento del centro sanitario y se aportará la documentación requerida.


Documentación obligatoria que debe acompañar a la solicitud:

  1. Plantilla de personal sanitario actualizada (copia del DNI y titulación de las nuevas incorporaciones).
  2. Contrato de mantenimiento de sistema de protección contra incendios con empresa autorizada.
  3. Seguro de responsabilidad civil del centro.
  4. Seguro de responsabilidad civil de las y los profesionales sanitarios del centro.
  5. Inventario de los equipos del centro con procedimiento escrito de mantenimiento, que incluya registro de averías, revisiones y controles efectuados.
  6. Cuando el centro disponga de instalaciones de radiodiagnóstico:
  • Documento de inscripción en el Registro de instalaciones de Rx en el Departamento de Industria del Gobierno de Navarra.
  • Contrato de mantenimiento con empresa autorizada.
  • En caso de isótopos radiactivos, autorización como instalación radiactiva.
  • Últimos controles de dosímetros.
  1. Registro del control de caducidades de medicamentos y productos sanitarios.
  2. Limpieza, desinfección y esterilización:
  • Protocolos de limpieza, desinfección y esterilización.
  • Registro de control de calidad del proceso de esterilización:
    • Test de Bowie Dick o Hellix
    • Controles químicos externos de la bolsa o estuche (testigos)
    • Controles químicos internos (testigos de los parámetros clase V)
    • Test de control biológico (esporas)
  • En el caso de que el sistema de esterilización sea concertado, deberá aportar contrato con la empresa autorizada que la efectúa.
  1. En caso de generar residuos sanitarios peligrosos, contrato de recogida y gestión por empresa autorizada.
  • Real Decreto 1277/2003, por el que se establecen las bases generales de autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios.
  • Orden Foral 37/1999, por la que se establecen los requisitos técnico- sanitarios mínimos para las autorizaciones de centros, servicios y establecimientos sanitarios sin internamiento.
  • Decreto Foral 214/1997, por el que se regulan las autorizaciones para la creación, modificación, traslado y funcionamiento de centros, servicios y establecimientos sanitarios.

Tramitación

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Contacto

Sección de Inspección de Actividades Sanitarias
C/ Amaya 2 A, 2.ª planta
31002 Pamplona / Iruña
Teléfono: 848 424 679
Correo electrónico: inspeccion.centros@navarra.es

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