Comunicación del desplazamiento de trabajadores en el marco de una prestación de servicios transnacional

Información básica

Empresas establecidas en un Estado miembro de la Unión Europea o en un Estado signatario del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo que desplacen temporalmente a sus trabajadores y trabajadoras a España, en el marco de una prestación de servicios transnacional, con exclusión de las empresas de la marina mercante respecto de su personal navegante.

El empresario o la empresaria que desplace personas trabajadoras a España en el marco de una prestación de servicios transnacional deberá comunicar el desplazamiento, antes de su inicio y con independencia de su duración, a la autoridad laboral española competente por razón del territorio donde se vayan a prestar los servicios.

Pasos del procedimiento:

Una vez presentada la comunicación del desplazamiento, la autoridad laboral la remite a Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social.

Formulario de comunicación de desplazamiento, que deberá incorporar la siguiente información:

  • Identificación de la empresa que desplaza al trabajador o trabajadora
  • Domicilio fiscal de dicha empresa y su número de identificación a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido
  • Datos personales y profesionales de las y los trabajadores desplazados
  • Identificación de la empresa o empresas y, en su caso, del centro o centros de trabajo donde los trabajadores y trabajadoras desplazadas prestarán sus servicios
  • Fecha de inicio y la duración previstas del desplazamiento
  • Determinación de la prestación de servicios que los trabajadores y trabajadoras desplazadas van a desarrollar en España

Anexo: Información sobre protección de datos de carácter personal.

Artículo 5 de la Ley 45/1999, sobre el desplazamiento de trabajadores y trabajadoras en el marco de una prestación de servicios transnacional.

Tramitación

Plazo:

La comunicación debe realizarse antes del inicio de la prestación de servicios trasnacional.

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Otras formas de tramitar:

La tramitación se realizará principalmente a través del botón "Tramitar" (Registro General Electrónico). No obstante, si no se dispone de firma electrónica, se puede presentar la documentación a través de correo ordinario a la siguiente dirección:

Servicio de Trabajo
Sección de Relaciones Laborales y Prevención de Riesgos
Parque Tomás Caballero, 1, 1.ª planta
Edificio Fuerte del Príncipe II
31006 Pamplona (Navarra)

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Otras formas de tramitar:

La tramitación se realizará principalmente a través del botón "Tramitar" (Registro General Electrónico). No obstante, si no se dispone de firma electrónica, se puede presentar la documentación a través de correo ordinario a la siguiente dirección:

Servicio de Trabajo
Sección de Relaciones Laborales y Prevención de Riesgos
Parque Tomás Caballero, 1, 1.ª planta
Edificio Fuerte del Príncipe II
31006 Pamplona (Navarra)

Contacto

Servicio de Trabajo
Parque Tomás Caballero, 1, 1.ª planta
Edificio Fuerte del Príncipe II
31006 Pamplona
Teléfono: 848 427 906
Correo electrónico: rlaboral@navarra.es

Este trámite está asociado al siguiente procedimiento administrativo:

Comunicación del desplazamiento de trabajadores en el marco de una prestación de servicios transnacional

Advertencia: el contenido de esta página tiene carácter meramente informativo; las condiciones son las publicadas en la normativa correspondiente.