Empresas cuya actividad se desarrolla en la Comunidad Foral de Navarra que recurran a la realización de trabajo nocturno.
Comunicación de realización de trabajos nocturnos por parte de empresas que desarrollen su actividad en Navarra.
Información sobre protección de carácter personal
Formulario de comunicación debidamente cumplimentado.
Artículo 36.1 del Estatuto de los Trabajadores (BOE de 24/10/2015).
Plazo:
La comunicación deberá realizarse antes del inicio del periodo de trabajo nocturno.
Se puede tramitar con las siguientes credenciales:
Ayuda para tramitar por internet
Servicio de Trabajo Sección de Relaciones Laborales y Prevención de Riesgos Parque Tomás Caballero, 1-1ª planta Edificio "Fuerte del Príncipe II" 31006 Pamplona (Navarra) Teléfono: 848 427 906 Correo electrónico: rlaboral@navarra.es
Este trámite está asociado al siguiente procedimiento administrativo:
Advertencia: el contenido de esta página tiene carácter meramente informativo; las condiciones son las publicadas en la normativa correspondiente.
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