Autorización para manejar maquinaria minera móvil

Solicitud y consulta de la autorización para el manejo de maquinaria minera móvil para trabajadores y trabajadoras que realizan labores en explotaciones mineras

Información básica

Empresas dedicadas a la exploración, investigación, aprovechamiento, concesión o tratamiento de yacimientos minerales y recursos geológicos.

Consulte las autorizaciones otorgadas y su vigencia.

Pasos del procedimiento:

Una vez comprobada la documentación y abonadas las tasas, se efectuará la correspondiente notificación a la solicitante.

Aviso: aquellos documentos que deban ir firmados deben adjuntarse firmados digitalmente o escaneados tras haberse firmado en papel.

  • Impreso de solicitud cumplimentado
  • Fotocopia DNI
  • Certificado médico de empresa o mutua
  • Certificado éxpedido por el empresario en el que se recoja que el trabajador/a es mayor de edad, que ha recibido la instrucción necesaria con un periodo de prácticas, conoce las prestaciones, mantenimiento normal y limitaciones de la máquina, conforme a la siguiente plantilla.
  • Certificado de formación preventiva para el desempeño del puesto de trabajo, conforme al apartado 9 de la ITC 02.1.02.
  • En el caso de renovación de la autorización, emitida por otra comunidad autónoma, junto con el impreso de solicitud se debe adjuntar la autorización emitida y certificado de formación preventiva.
  • Justificante abono tasas:

Anexo: Información sobre protección de datos de carácter personal.

  • ITC 02.1.02 "Formación preventiva para el desempeño del puesto de trabajo", aprobada por Orden ITC/1316/2008, por la que se aprueba la instrucción técnica complementaria 02.1.02 "Formación preventiva para el desempeño del puesto de trabajo", del Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera, y especificaciones técnicas.
  • Apartado 5.1.1 de la ITC 07.1.03 "Desarrollo de las labores", aprobada por Orden de 16 de abril de 1990, por la que se aprueban las instrucciones técnicas complementarias del capítulo VII del Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera.
  • Real Decreto 863/1985, por el que se aprueba el Reglamento General de Normas básicas de Seguridad Minera, y sucesivas Ordenes Ministeriales por las que se aprueban diversas instrucciones Técnicas Complementarias que desarrollan el anterior Reglamento.

Tramitación

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Instrucciones:

Una vez presentada la solicitud inicial, se puede añadir documentación, bien a iniciativa de quien solicite, o bien a requerimiento de la Administración (botón "Subsanar"). Es preciso indicar el código de expediente.

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Contacto

Servicio de Ordenación Industrial, Infraestructuras Energéticas y Minas
Parque Tomás Caballero, nº 1, 5ª planta
31005 Pamplona
Teléfono: 848 426 467
Correo electrónico: minas@navarra.es

Advertencia: el contenido de esta página tiene carácter meramente informativo; las condiciones son las publicadas en la normativa correspondiente.