Autorización de centros docentes privados de enseñanzas no universitarias
Autorización de centros docentes privados de enseñanzas no universitarias
Autorizar por primera vez y modificar las autorizaciones existentes de los centros docentes no universitarios por cambio de denominación especifica, modificación de las instalaciones, ampliación o reducción de enseñanzas impartidas, cambio de titularidad o cambio del edificio
Declaración responsable de que la persona promotora no se encuentra incursa en ninguno de los supuestos previstos en el artículo 4 del Decreto Foral 251/1992, de 6 de julio.
Proyecto de obras que haya que realizarse para la construcción del centro. El proyecto se ajustará a las instalaciones y condiciones establecidas en el Real Decreto 1004/1991, de 14 de junio.
Además:
Para los centros que deseen acogerse al régimen de conciertos en las enseñanzas obligatorias o al de subvenciones en las enseñanzas no obligatorias:
Manifestación expresa de la voluntad de acogerse al régimen de conciertos educativos y/o al de subvenciones.
Normativa keyboard_arrow_down
Del procedimiento: Decreto Foral 251/1992 (BON 93/1992, de 3 de agosto)
De requisitos de titulación del profesorado: Orden de 11 de octubre de 1994 (BOE 250/1994, de 19 de octubre) Orden de 24 de julio de 1995 (BOE 185/1995, de 4 de agosto) Orden de 23 de febrero de 1998 (BOE 50/1998, de 27 de febrero)
Tramitación
En las oficinas keyboard_arrow_down
Instrucciones:
Registro del Departamento de Educación Cuesta de Santo Domingo 31001 Pamplona (Navarra)