La autorización ambiental integrada aglutina diversas autorizaciones que las empresas tenían que solicitar por separado. Su objetivo es proteger al medio ambiente en su conjunto, aplicando los principios de prevención y control ambiental de una forma integrada. Para ello Impone específicamente para cada instalación valores límite en todos los vectores ambientales (atmósfera, aguas, ruidos, residuos, suelos…), así como planes de vigilancia al respecto.
Los procedimientos administrativos que pueden tramitarse son los siguientes:
- Concesión de autorización ambiental integrada de nueva instalación
- Modificación de autorización ambiental integrada por modificación sustancial de la instalación
- Modificación de autorización ambiental integrada por modificación significativa de la instalación
- Modificación de autorización ambiental integrada por cierre total o parcial
- Modificación de autorización ambiental integrada por cambios de funcionamiento
- Renovación de la autorización ambiental integrada
- Revisión de autorización ambiental integrada por adaptación a MTD
- Actualización o revisión de la autorización ambiental integrada
- Dictamen sobre modificación de instalación
- Ampliación de plazo para inicio de la ejecución de un proyecto
- Caducidad de autorización ambiental integrada
- Extinción de autorización ambiental integrada
- Declaración responsable de puesta en marcha de un proyecto
- Comunicación del cambio de titularidad de la instalación
La tasa correspondiente se abona en el momento en que la persona titular o promotora de una instalación presente la solicitud de inicio del procedimiento administrativo. Dicho abono es requisito imprescindible para su tramitación.
La tasa se calculará a partir de la tarifa básica del procedimiento administrativo que corresponda, y a los suplementos y bonificaciones que le fueran de aplicación, conforme a lo dispuesto en el artículo 60 de la de la Ley Foral 2/2021, de 11 de febrero, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Foral de Navarra y de sus Organismos Autónomos.