Centros de día o estancia diurna para personas mayores

Servicio prestado en un centro de día, centro de día rural o estancia diurna para ofrecer durante el día atención a las necesidades personales básicas, terapéuticas, de rehabilitación y socioculturales, facilitando la permanencia en el entorno habitual y apoyando a las personas cuidadoras

Información básica

Personas mayores de 65 años en situación de dependencia o personas menores de esa edad con deterioro cognitivo, que cumplan los siguientes requisitos:

  • Acreditar residencia continuada en Navarra durante los dos años anteriores a la solicitud.
  • Tener reconocido un grado de dependencia.
  • Estancias diurnas: la atención se presta en un centro residencial y la persona se integra en las actividades de la residencia.
  • Centros de día: la atención se presta en un espacio independiente de un centro residencial con personal exclusivo. El servicio se presta de lunes a viernes y se puede acudir en régimen de media jornada o jornada completa.

Pago del servicio:

Las personas que tienen garantizada una plaza de atención diurna pueden acceder, bien a una plaza concertada, o bien recibir una ayuda destinada al pago de una plaza en un centro de día, cuando no se les pueda ofertar una plaza concertada por no haber disponibilidad.

Tarifas de plazas públicas:

  • Jornada completa: 315,5 euros/mes
  • Media jornada: 160 euros/mes

Importes máximos y mínimos de la prestación vinculada al servicio (PVS):

 Plaza  Ayuda máxima mensual  Ayuda mínima mensual
 Dependencia moderada  762,90 euros  103,44 euros
 Dependencia severa  762,90 euros  160,87 euros
 Gran dependencia  762,90 euros  250,19 euros

 


Pasos del procedimiento:

  • Para tramitar el acceso a servicios de atención diurna se realizará la solicitud a través de profesionales de trabajo social de los servicios sociales de base o centros de salud, que realizarán una valoración de la necesidad planteada.
  • Una vez presentada la solicitud se realizará la valoración de la capacidad económica de la persona.
  • Se notificará a la persona interesada el centro donde será atendida,  la fecha de ingreso y la aportación económica que debe realizar, o bien la ayuda económica que le corresponde.
  • Decreto Foral 92/2020, por el que se regula el funcionamiento de los servicios residenciales, de día y ambulatorios de las áreas de mayores, discapacidad, trastorno mental, atención a menores e inclusión social, del sistema de Servicios Sociales de la Comunidad Foral de Navarra, y el régimen de autorizaciones, comunicaciones previas y homologaciones.
  • Decreto Foral 30/2019, por el que se modifica el Decreto Foral 69/2008, por el que se aprueba la Cartera de Servicios Sociales de ámbito general.
  • Acuerdo de 1 de febrero de 2019, por el que se establece el régimen y las cuantías de los precios públicos de servicios prestados directa o indirectamente por este organismo.
  • Orden Foral 197/2018, que regula el procedimiento y el baremo de valoración de la situación familiar para el acceso a plazas residenciales destinadas a la atención de personas mayores, de personas con discapacidad, de personas con enfermedad mental y de personas en situación de exclusión social o en riesgo de estarlo.
  • Orden Foral 210/2009, por el que se regulan las prestaciones vinculadas a servicio.
  • Ley Foral 17/2000, reguladora de la aportación económica de usuarios a la financiación de los servicios por estancia en centros para la tercera edad.

Tramitación

Instrucciones:

De forma presencial:

Contacto

Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas (ANADP)
C/ González Tablas, 7
31005 Pamplona
Teléfono: 848 426 900
Correo electrónico: info.derechossociales@navarra.es

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