Plazo:
Abierto todo el año
- Los ganaderos y ganaderas deberán actualizar los datos sobre los censos de sus explotaciones al menos una vez al año.
- A este respecto, el censo de la explotación se comunicará al Servicio de Ganadería antes del 1 de marzo de cada año. Para ello se utilizarán las hojas de declaración de censo que figuran en el apartado "Documentación a presentar".
En el caso de explotaciones con ganado bovino, equino, ovino y caprino, la actualización de censo es automática y no es necesario realizar la declaración de censo.
Otras formas de tramitar:
- Negociado de Desarrollo Ganadero
C/ González Tablas, 9
31005 Pamplona (Navarra)
- Oficinas de Área del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente
También se puede presentar en las oficinas de registro y atención del Gobierno de Navarra y en cualquier otro lugar previsto en la Ley 39/2015.