16 de junio de 2021

Navarra amplía horarios y aforos dentro del proceso de flexibilización gradual y ordenada

La nueva Orden Foral, en vigor desde este viernes, recoge cambios en hostelería, celebraciones sociales, cultura, academias, deporte y piscinas, entre otros ámbitos

Navarra da este viernes un paso más en el proceso gradual y ordenado de flexibilización de medidas a través de una nueva Orden Foral que amplía aforos y horarios en distintos sectores y actividades atendiendo a la situación epidemiológica y sanitaria del COVID-19 en la Comunidad Foral.

Entre otros cambios recogidos en la norma, en vigor desde este viernes 18 de junio hasta el 1 de julio –ambos incluidos-, el límite de ocupación en interiores de hostelería pasa por norma general del 30 al 50% y se establece como horario máximo de cierre las 24:00 h, el mismo que se aplica al sector cultural, cuyo aforo se incrementa hasta el 60%, mientras que en el caso de celebraciones sociales como bodas y comuniones, el límite máximo de personas para actos tras la ceremonia se amplía a 75 en interiores y 150 en exteriores.

El Departamento de Salud incide mediante la Orden Foral 21/2020 en su apuesta por una flexibilización a todos los niveles controlada y gradual, con el fin de ir consolidando la situación y monitorizando los efectos de las medidas, tanto en la incidencia como en el impacto de la campaña de vacunación en el ámbito asistencial. La estrategia, fruto del intenso trabajo interdepartamental e intersectorial desarrollado por el Ejecutivo las últimas semanas, ratifica el avance en esta línea garantizando a su vez que no se den pasos atrás.

La evolución de la pandemia se sigue viendo modificada por tres factores fundamentales en Navarra. De forma favorable, por la vacunación de cada vez mayor parte de la población –más del 34% de la población vacunable ha recibido la pauta completa y más del 57% al menos una dosis-, que queda protegida de manera muy significativa del desarrollo de formas graves de la infección, lo que se traduce en una menor presión hospitalaria y asistencial. De forma negativa, preocupan la mayor socialización y relajación de las medidas normativas y de autoprotección, que está teniendo un efecto en la circulación de nuevas cepas, con el riesgo que suponen en cuanto a una mayor afectación en infecciones y en recursos asistenciales si la respuesta a la vacunación y a la inmunidad natural se viera comprometida. En ese sentido, se recuerda la necesidad de mantener las medidas de prevención comunitaria.

Sobre estas medidas, el Gobierno de Navarra, a través de la Dirección General de Presidencia y Gobierno Abierto, ha publicado la información sobre las preguntas y respuestas más frecuentes. Se ha elaborado un documento en castellano y euskera.

Hostelería, espacios multifuncionales y peñas

La nueva orden foral amplía al 50% el aforo en interiores de hostelería a nivel general, mientras que, con declaración responsable y ficha técnica en las que los espacios se comprometen a cumplir una serie de buenas prácticas para la prevención del COVID-19 -como la ampliación de distancias, disponer de un medidor de CO2 que no deberá rebasar en ningún momento los 800 ppm (partes por millón) de concentración o garantizar la trazabilidad para un rápido contacto con los clientes en caso de que fuera necesario-, la ocupación máxima del interior queda marcada por la distancia entre mesas, que deberá ser de al menos 2 metros entre sus extremos. El horario general de cierre se amplía asimismo una hora, hasta las 24:00 h. El número máximo de comensales por mesa se mantiene en 6 personas, con una distancia de 70 cm entre ellos.

Por otra parte, el aforo de sociedades gastronómicas y peñas aumenta del 30 al 40%, mientras que en espacios multifuncionales, éste será del 50%. Las celebraciones que tengan lugar en ellos no podrán superar las 50 personas en el interior y las 100 en exteriores, mientras que podrán permanecer abiertos hasta las 24:00 h. Para bingos, salones de juegos y apuestas y recreativos, se amplía también la hora de cierre a medianoche y el aforo pasa al 50%.

Por su lado, en albergues, la ocupación máxima en habitaciones con literas será del 40%, mientras que en habitaciones separadas o con una distribución de camas que garantice la distancia mínima interpersonal de seguridad, se permitirá un 60%. La ocupación de zonas comunes en hoteles y alojamientos turísticos no podrá superar tampoco el 60%.

Celebraciones, academias y sector cultural

En cuanto a las celebraciones nupciales, bautizos, comuniones y otras celebraciones sociales, familiares, religiosas o civiles que pudieran tener lugar tras la ceremonia, los establecimientos en los que tengan lugar contarán a nivel general un límite de 50 personas en el interior y 100 personas en el exterior. En este caso, como en la hostelería, se posibilita una segunda opción para estos espacios presentando una declaración responsable en la que se garantiza el cumplimiento de buenas prácticas para la prevención del COVID-19. Con ella, el límite será más amplio: 75 personas en el interior y 150 en el exterior. Los aforos en ambas vías se refieren a celebraciones independientes, siempre y cuando se ubiquen en espacios claramente diferenciados. No estará permitida la utilización de pistas de baile o espacio habilitado para su uso.

Por otra parte, el aforo en academias, autoescuelas y centros de enseñanza no reglada y centros de formación pasa al 60%, mismo porcentaje que se aplica desde este viernes en bibliotecas, monumentos, salas de exposiciones y museos. En estos tres últimos, la actividad no podrá superar las 300 personas. Las visitas o actividades guiadas se realizarán en grupos de un máximo de 18 personas en interiores y 25 en exteriores. El horario máximo de cierre para monumentos, salas de exposiciones y museos se amplía también hasta las 24:00 h.

Los cines, teatros, auditorios, circos de carpa y similares, podrán desarrollar su actividad contando con butacas preasignadas siempre que no superen el 60% del aforo máximo permitido que, en todo caso, no podrá superar las 300 personas. El horario máximo de apertura se establecerá asimismo a las 24:00 horas.

Competiciones deportivas y piscinas

Las competiciones de carácter no profesional y eventos deportivos podrán realizarse con público siempre que no se supere el 50 % del aforo máximo permitido. En instalaciones cerradas, el número máximo de asistentes como público no podrá exceder las 300 personas, mientras que en exteriores el límite será de 600 personas. Como es habitual, las actividades que deseen superar estos aforos deberán someterse previamente a un informe vinculante del Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra (ISPLN).

Por su lado, las piscinas para uso recreativo deberán respetar el límite del 60% de su capacidad de aforo tanto en lo relativo a su acceso como en la práctica recreativa. A su vez, se permite el uso de vestuarios y las duchas con un aforo de 50%, no pudiendo usarse puntos terminales de ducha contiguos. El horario máximo de cierre de piscinas será a las 22:00 horas.

Mascarillas

Más allá de una posible readaptación normativa a nivel estatal, se recuerda que en Navarra se permite la realización sin mascarilla de determinadas actividades en exteriores, tales como el ejercicio de la actividad deportiva -siempre que se pueda garantizar la distancia de seguridad interpersonal-, durante el momento del baño en piscinas o lugares habilitados para el baño, o cuando se esté tumbado al sol, siempre que se mantenga la distancia de seguridad interpersonal. También se admite no emplearla en actividades de naturaleza fuera de los núcleos de población, tales como senderismo, escalada, montañismo, ciclismo y similares, garantizándose la distancia de seguridad interpersonal de 1,5 metros.