Antes de enviar tu pregunta, revisa las consultas frecuentes por si tiene respuesta
Advertencia: el contenido de las respuestas tiene únicamente carácter informativo y carece de efectos vinculantes para la Administración.
1
Consultas destacadas de la Campaña de Renta
<p>Presencialmente, en las oficinas de la calle Esquíroz, nº 20 bis de Pamplona/Iruña y en las oficinas territoriales de Tudela, Estella/Lizarra, Tafalla y Doneztebe/Santesteban, solicitando <a href="https://renta.navarra.es/es/renta-en-las-oficinas" target="_blank"><strong><u>cita previa</u></strong></a>, disponible desde el 12 de abril. También se puede realizar la declaración en las entidades financieras que tengan convenio de colaboración con Hacienda Foral de Navarra.</p>
<p style="margin-bottom:16px; margin-left:2px; text-align:justify; text-indent:-0.5pt">Declaración telefónica solicitando cita previa en la web <u><a href="https://renta.navarra.es/es/renta-telefonica" target="_blank">www.renta.navarra.es</a></u> a partir del 10 de abril. </p>
<p style="margin-bottom:16px; margin-left:2px; text-align:justify; text-indent:-0.5pt">Así mismo, estará disponible desde el 9 de abril, el programa de renta web en <a href="https://www.navarra.es/es/tramites/on/-/line/Hacer-declaracion-Cuanto-me-sale?back=true&pageBackId=5722676" target="_blank"><u>Renta Online Navarra</u></a>, para lo que se contará con asesoramiento telefónico llamando al 948 106 106, pulsando 5.</p>
<p style="margin-bottom:16px; margin-left:2px; text-align:justify; text-indent:-0.5pt">También se puede utilizar el <a href="http://www.navarra.es/home_es/Gobierno+de+Navarra/Organigrama/Los+departamentos/Economia+y+Hacienda/Organigrama/Estructura+Organica/Hacienda/Ayuda+e+impresos/Programas+de+Ayuda/IRPF/IRPF+y+Patrimonio.htm" target="_blank"><u>programa de descarga</u></a> que estará disponible en la página web de la campaña.</p>
<p> </p>
<p>Le facilitamos el <a href="https://www.navarra.es/es/tramites/on/-/line/Envio-de-la-propuesta-de-declaracion" target="_blank"><u>enlace</u> </a>en el que podrá comprobar, introduciendo su DNI, si existe una propuesta realizada para usted de IRPF 2023.</p>
<p>Si tiene propuesta, puede <a href="https://www.navarra.es/es/tramites/on/-/line/Impresion-de-declaraciones?back=true&pageBackId=5722676" target="_blank"><u>consultarla y reimprimirla. </u></a></p>
<p>El motivo de que Hacienda no realice su propuesta de declaración, es que se considera que no se tienen todos los datos necesarios para confeccionarla de forma correcta (cuando hay pagos por alquiler, cuotas de Seguridad Social a cuidadores, ingresos por rendimientos inmobiliarios, incrementos de patrimonios por ventas, etc.).</p>
<p>No obstante, esto no quiere decir que no se la puedan enviar en futuros ejercicios.</p>
<p>En el caso de que no tenga propuesta confeccionada, será el contribuyente quien deberá realizar su presentación. Éstas son las opciones existentes:</p>
<ul>
<li style="text-align: justify; margin-bottom: 8px;"><a href="https://www.navarra.es/es/tramites/on/-/line/Hacer-declaracion-Cuanto-me-sale?back=true&pageBackId=5722676" target="_blank"><u>Hacer la declaración desde la web.</u></a> Con DNI + PIN Hacienda de Navarra, Cl@ve o Certificado Digital válido, se volcarán sus datos automáticamente y solo tendrá que confirmarlos si es todo correcto o realizar, si fuera necesario, las modificaciones oportunas.</li>
<li style="text-align: justify; margin-bottom: 8px;">Dirigirse a una de las entidades financieras colaboradoras de la Hacienda Foral de Navarra.</li>
<li style="text-align: justify; margin-bottom: 8px;">Solicitar <a href="https://renta.navarra.es/es/renta-en-las-oficinas" target="_blank"><u><strong>cita previa</strong></u></a><span style="display: none;"> </span> para realizarla presencialmente en nuestras oficinas o para realizarla telefónicamente con nuestr@s gestor@s <u><a href="https://renta.navarra.es/es/renta-telefonica" target="_blank">en este enlace</a></u>.</li>
</ul>
<p style="text-align: justify; margin-bottom: 8px;"> </p>
<p> </p>
<p>Le facilitamos el enlace desde el que podrá solicitar un nuevo código PIN, que le será remitido por correo postal al domicilio fiscal que figure en la base de datos de Hacienda Foral Navarra: <a href="https://www.navarra.es/es/tramites/on/-/line/gestion-del-pin" target="_blank"><u>Obtención del PIN</u></a></p>
<p>Si lo que quiere es modificar el PIN que tiene, puede hacerlo también en ese mismo enlace.</p>
<p>Si no tuviera actualizado el domicilio fiscal en Hacienda Foral de Navarra, puede modificarlo vía web-<a href="https://www.navarra.es/es/tramites/on/-/line/Cambio-de-domicilio-o-de-datos-personales-o-familiares-030?back=true&pageBackId=5722676" target="_blank"><u>modelo 030 </u></a> (necesario tener cl@ve o firma digital) o preguntar en el número de teléfono 948 106 106. También puede solicitar <a href="https://renta.navarra.es/es/renta-en-las-oficinas" target="_blank"><u><strong>cita previa</strong></u></a> para tramitarlo presencialmente.</p>
<p style="margin-bottom:16px; margin-left:2px; text-indent:-0.5pt">Le facilitamos el enlace web para que, con su DNI+PIN, Certificado de Firma Digital o Cl@ve, pueda acceder a la aplicación <a href="https://www.navarra.es/es/tramites/on/-/line/Cuando-me-devolveran" target="_blank"><u>¿Cuándo me devolverán?</u> </a>En el momento en que internamente se autorice la devolución, podrá ver la fecha en dicha aplicación. Antes de la finalización de todo el proceso no figurará ninguna fecha, y le indicará que está pendiente.</p>
<p>Tenga en cuenta que, Hacienda Foral Navarra tiene un plazo de 6 meses para hacer las devoluciones.</p>
<p>Si el Departamento de Economía y Hacienda no ha practicado liquidación provisional dentro de los seis meses siguientes al término del plazo establecido para la presentación de la declaración procederá a realizar una devolución de oficio de la cantidad que resulte a devolver, sin perjuicio de la práctica de las ulteriores liquidaciones, provisionales o definitivas, que procedan.</p>
<p>Transcurrido este plazo sin que se haya ordenado el pago de la devolución por causa imputable al Departamento de Economía y Hacienda, se aplicará a la cantidad pendiente de devolución el interés de demora a que se refiere el artículo 50.2.c) de la Ley Foral 13/2000, de 14 de diciembre, General</p>
<p>Tributaria, desde el día siguiente al de la finalización de dicho plazo y hasta la fecha de ordenación de su pago, sin necesidad de que el sujeto pasivo así lo reclame.</p>
<p style="margin-bottom:16px; margin-left:2px; text-indent:-0.5pt"><span style="font-size:12pt"><span style="line-height:111%"><span style="font-family:"Times New Roman",serif"><span style="color:black">A nivel general, el informe del Certificado de Datos Fiscales tiene por objeto facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales.</span></span></span></span></p>
<p style="margin-bottom:16px; margin-left:2px; text-indent:-0.5pt"><span style="font-size:12pt"><span style="line-height:111%"><span style="font-family:"Times New Roman",serif"><span style="color:black">Su contenido procede, principalmente, de las declaraciones informativas, cuyo presentador consta en el apartado correspondiente y con quién podrá aclarar o en su caso, subsanar, los errores que se adviertan.</span></span></span></span></p>
<p style="margin-bottom:16px; margin-left:2px; text-indent:-0.5pt"><span style="font-size:12pt"><span style="line-height:111%"><span style="font-family:"Times New Roman",serif"><span style="color:black">Cuando el contenido discrepe de la realidad, por error u omisión, deberán consignarse en sus declaraciones los datos reales.</span></span></span></span></p>
<p style="margin-bottom:16px; margin-left:2px; text-indent:-0.5pt"><span style="font-size:12pt"><span style="line-height:111%"><span style="font-family:"Times New Roman",serif"><span style="color:black">Le facilitamos el enlace web para que pueda acceder a ellos: <a href="https://www.navarra.es/es/tramites/on/-/line/Obtencion-de-datos-fiscales" target="_blank"><span style="color:blue">Datos fiscales</span></a><span style="color:blue">.</span></span></span></span></span></p>
<p>No.</p>
<p>Por aplicación de la Disposición Transitoria 2ª del Decreto Foral 4/2008 (LFIRPF) <strong>NO</strong> es de aplicación a las declaraciones de renta del año 2020 en adelante.</p>
<p>Puedes solicitar la rectificación de la declaración de la renta de <strong>2019 </strong>(<a href="https://www.navarra.es/es/tramites/on/-/line/solicitud-de-rectificacion-de-la-declaracion-de-renta-2019-por-pensionistas-que-realizaron-aportaciones-a-mutualidades-laborales">haciendo clic aquí</a>) si cumples los siguientes requisitos:<br />
- Cobraste pensión de jubilación procedente de la Seguridad Social en el año 2019.<br />
- Presentaste declaración de la renta en Navarra ese año.<br />
- Trabajaste antes del 01/01/1979 y cotizaste a una mutualidad laboral (este requisito será validado con la Tesorería General de la Seguridad Social).</p>
<p> </p>