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Ayudas de solicitud única
Ayudas de solicitud única
El periodo de solicitud es de 1 de febrero a 30 de abril, y hasta el 31 de mayo para modificaciones
Ayudas directas
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Ayuda básica a la renta para la sostenibilidad (ABRS) keyboard_arrow_down
- Se mantiene el sistema actual de derechos de ayuda de cada titular.
- Se utiliza como referencia la orientación productiva de la parcela en el año 2020.
- El importe de la Ayuda Básica a la Renta para la Sostenibilidad se diferencia por regiones (10 regiones diferentes en Navarra), que se distinguen en función de la tipología del suelo: tierras de cultivo de secano, de regadío, de cultivos permanentes y tierras de pastos
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Ayuda complementaria a la renta redistributiva keyboard_arrow_down
- No está ajustado a derechos.
- Es necesario cobrar el mismo año Ayuda Básica a la Renta.
- Pago anual a las primeras hectáreas de las explotaciones en base a dos tramos de umbrales de superficie por región e importes por hectárea
- Doble umbral:
- Las primeras hectáreas hasta el primer umbral (definido para cada una de las regiones), perciben una ayuda del 20% de valor medio de la Región (VMr).
- Las hectáreas entre el primer y el segundo umbral perciben una ayuda del 40% de valor medio de la Región (VMr).
- Las hectáreas por encima de ese segundo umbral ya no perciben ayuda.
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Complemento para jóvenes agricultores y agricultoras keyboard_arrow_down
- Se concede una ayuda complementaria a las y los jóvenes de hasta 40 años, incluidos.
- Consiste en una ayuda por hectárea por el valor medio del derecho de cada región, limitado a un máximo de 100 ha
- No está ajustado a derechos. El complemento es por hectáreas.
- Se concede por un periodo de 5 años.
- En mujeres la ayuda se incrementa en un 15%.
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Ecorregímenes keyboard_arrow_down
- Pastoreo extensivo (P1)
- Siega sostenible o islas de biodiversidad (P2)
- Rotación (P3)
- Siembra directa (P4)
- Espacios de biodiversidad (P5)
- Cubiertas vegetales vivas (P6)
- Cubiertas inertes (P7)
- Sobre una misma hectárea se pueden realizar más de una práctica, aunque solo se abonará por una de ellas.
- No obstante, en Rotación y siembra directa y Mantenimiento de superficies no productivas, aunque se realizan las prácticas en un porcentaje de la explotación, se cobra sobre la superficie total.
- Mantenimiento de superficies no productivas, rotación y siembre directa, cuando se calculan como un porcentaje de la explotación, se cobra sobre la superficie de referencia.
- No es necesario disponer de Derechos de ayuda básica a la renta, salvo en el ecorregimen 9 (Espacios de Biodiversidad).
- Para un mismo tipo de superficie, el importe de ayuda recibido por hectárea es el mismo, con independencia de la práctica que se realice, salvo el ER9 de espacios de diversidad, con un importe único en tierras de cultivo y cultivos permanentes.
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Ayudas asociadas keyboard_arrow_down
- Producción sostenible de tomate para transformación
- Producción sostenible de arroz
- Producción sostenible de remolacha azucarera
- Producción de frutos secos en secano en áreas de riesgo de desertificación
- Producción sostenible de proteínas de origen vegetal
- Ayuda asociada al olivar con dificultades específicas y alto valor medioambiental (100 arboles/ha y/o pendiente mayor del 25%, edad de plantación más de 10 años).
- Ayuda asociada para la producción sostenible de leche de vaca
- Ayuda asociada para las y los ganaderos extensivos de vacuno de carne
- Ayuda asociada al engorde de terneros en la explotación de nacimiento.
- Ayuda asociada al engorde sostenible de terneros
- Ayuda asociada para las y los ganaderos de ovino y caprino de carne
- Ayuda asociada para la producción sostenible de leche de oveja y cabra
- Ayuda asociada para los ganaderos extensivos y semiextensivos de ovino y caprino sin pastos a su disposición y que pastorean superficies de rastrojeras, barbechos y restos hortofrutícolas
Consulta las ayudas por regiones según tipología del suelo
Más información:
El objetivo de esta ayuda es la redistribución más equitativa y atribución más eficaz y eficiente de la ayuda a la renta, en beneficio de las explotaciones medianas y pequeñas, para atender su diferencia de rentabilidad con respecto a las más grandes.
Con esta ayuda, las explotaciones medianas ven potenciadas su nivel de ayudas mientras que las pequeñas no se ven afectadas, y las grandes no se benefician. Consulta las ayudas por regiones y umbrales
Prácticas en favor del medio ambiente y el clima a las que se pueden acoger voluntariamente las y los agricultores. En concreto, en España se han establecido nueve ecorregímenes, cada uno de ellos con una cantidad asociada por hectárea y unas opciones de prácticas permitidas:
Requisitos generales:
Se conceden ayudas asociadas a sectores vulnerables, desde el punto de vista social y económico. En ganadería se atiende a sectores extensivos, de orientación láctea y aquellos que tienen poca base territorial propia.
Ayudas asociadas por superficie:
Consulta los importes de las ayudas
Ayudas asociadas ganaderas:
Ayudas al Desarrollo Rural incluidas en el Plan Estratégico de la PAC 2023-2027
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Barbechos para aves esteparias keyboard_arrow_down
- Personas/explotaciones agricultoras, agrupaciones de personas agricultoras gestoras de tierras de secano ubicada en alguna de áreas críticas para las aves esteparias
- La superficie solicitada de la explotación agraria debe corresponder con cultivos herbáceos de secano (cereales y barbechos medioambientales)
- Mantenimiento del 90% de la superficie comprometida durante la duración del compromiso.
- Cultivos de rotación a dos hojas, con las siguientes modalidades:
- Barbecho de “año y vez”: 1 año de barbecho por 1 año de sembrado. El primer año de solicitud de la ayuda, deberá comenzar por la hoja de barbecho.
- Barbecho al “tercio”: 2 años de barbecho por 1 de sembrado. El primer año de solicitud de la ayuda, deberá comenzar por la hoja de cereal.
- Condiciones de cultivo:
- Barbecho: Desde el 31 de agosto al 15 de marzo:
- No realizar labores mecánicas profundas (volteo).
- Se permite: Laboreo superficial (hasta los primeros 10-15 cm) y Labores de siega o picado de la vegetación arvense
- Barbecho: Desde el 15 de marzo al 31 de agosto:
- No realizar labores mecánicas.
- No utilización de fitosanitarios
- No quemas en la época de reproducción de las especies
- Prohibido el pastoreo
- Cereal: Hasta el 31 de agosto:
- Bandas periféricas a la parcela de, al menos, 2 m de anchura, que permanezcan sin sembrar o sin cosechar. Podrán ser sustituidas por rodales, que alcancen, al menos, un 15% de la superficie de la parcela.
- Mantenimiento de la paja sin picar y en cordón, sin esparcir ni recoger.
- Prohibido el pastoreo tras la cosecha en el rastrojo
- Cereal: Desde el 31 de agosto al 15 de marzo:
- Se autoriza el pastoreo tras la cosecha.
- Barbecho: Desde el 31 de agosto al 15 de marzo:
- Mantener actualizado el cuaderno de explotación.
- Secano intermedio (Comarcas IV, V y VI):
- Las primeras 100 hectáreas: 213,25 euros/hectárea
- A partir de 100 hectáreas: 149,28 euros/hectárea
- Secano árido (Comarca VII):
- Las primeras 100 hectáreas: 144,23 euros/hectárea
- A partir de 100 hectáreas: 100,96 euros/hectárea
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Pastoreo de ovino en agrosistemas cerealistas esteparios keyboard_arrow_down
- De las personas beneficiarias. Personas ganaderas titulares de explotaciones agrarias y de una explotación ganadera de ovino.
- De las explotaciones. Deben encontrarse ubicadas en el ámbito territorial de la intervención:
- Superficies de pasto natural situadas en localidades al sur de la línea formada por lo siguiente municipios (hipervínculo al mapa) (todos ellos incluidos): Viana, Bargota, Armañanas, Sasnsol, Los Arcos, Luquin, Arróniz, Arellano, Dicastillo, Morentin, Aberin, Villatuerta, Mendigorría, Artajona, Tafalla, Olite, Beire, Pitillas, Santacara, Murillo el Fruto y Carcastillo.
- Superficies de barbecho y rastrojeras localizadas en las “Áreas Críticas para las aves esteparias” y sujetas a la ayuda de "Barbechos par alas aves esteparias".
- Solicitar anualmente, en la Solicitud Única de la campaña, el pago anual de la ayuda.
- Mantenimiento del 90% de la superficie comprometida durante la duración del compromiso
- En las superficies de pasto natural:
- Respetar una veda de pastoreo entre 15 de mayo y 31 de agosto.
- Obligatoriedad de pastoreo durante 20 días mínimo entre 1 de septiembre y el 31 de octubre.
- En las superficies de barbecho y rastrojeras en las “Áreas Críticas para las aves esteparias”, y sujetas a la intervención de “Barbechos para las aves esteparias”
- Respetar una veda de pastoreo entre 15 de marzo y 31 de agosto
- Zona de pastos:
- Las primeras 100 ha: 9,18 €/ha
- A partir de 100 ha: 6,43 €/ha
- Barbechos en “Áreas preferentes para las aves esteparias”:
- Las primeras 100 ha: 51,17 €/ha
- A partir de 100 ha: 35,82 €/ha
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Bienestar animal keyboard_arrow_down
- Presentar una solicitud anual, declarando la ubicación de las instalaciones y la superficie de parque.
- Disponer en su explotación de aves de puesta o de carne en régimen ecológico o campero.
- Producción para carne:
- Cría ecológica
- Campero criado en total libertad
- Campero tradicional
- Campero
- De Puesta:
- Ecológica
- Campera
- Disponer de un mínimo de 3 UGM
- Solicitar anualmente, en la Solicitud Única de la campaña, el pago anual de la ayuda.
- Acreditar la formación que exige la normativa de bienestar animal
- Las explotaciones ecológicas: disponer de licencia del CPAEN/NNPEK y figurar las unidades inscritas a nombre del solicitante.
- Explotaciones de ave de carne camperas: presentar un certificado emitido por la empresa certificadora oficial correspondiente.
- Explotaciones de ave de puesta camperas: presentar informe técnico del manejo de las aves en su explotación emitido por personal veterinario.
- Mantenimiento del 90% de las UGM concedidas durante la duración del compromiso.
- Censo avícola actualizado.
- Prima básica: 70 euros/ UGM
- Prima adicional (explotaciones ecológicas): 200 euros/ UGM
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Apicultura para la biodiversidad keyboard_arrow_down
- Solicitar la adhesión al régimen, especificando la ubicación de los colmenares.
- Las colmenas deberán estar en producción
- Inscritas en el Registro de Explotaciones Ganaderas de Navarra.
- Censo mínimo de 20 colmenas (40 hectáreas de pecoreo).
- El número máximo de colmenas por colmenar será de 80 (160 hectáreas de pecoreo).
- Solicitar anualmente, en la Solicitud Única de la campaña, el pago anual de la ayuda.
- Los asentamientos de las colmenas deberán disponer, como mínimo, de una superficie de vegetación espontánea de 2 hectáreas por colmena en un radio de 2,5 kilómetros alrededor del asentamiento.
- Sometimiento a cualquier actuación de comprobación por el DRyMA.
- Si se practica la trashumancia, se deben mantener las colmenas un mínimo de 6 meses, entre abril y septiembre, justificando los movimientos con guías de traslado.
- Mantener una distancia mínima entre colmenares de 1 km, si entre ellos superan las 80 colmenas
- En el caso de que también se solicite la ayuda por colmenas ecológicas, aplicar los métodos de producción ecológica establecidos y obtener el certificado del CPAEN/NNPEK.
- Mantener en producción, como mínimo, el 80% de las colmenas de la concesión.
- Mantener actualizado el libro de explotación apícola.
- Colmenares con menos de 40 colmenas:
- 16 euros por colmena.
- 3 euros adicionales por colmena si se encuentra en régimen ecológico.
- Colmenares con más de 40 colmenas:
- 14 euros por colmena.
- 3 euros adicionales por colmena si se encuentra en régimen ecológico.
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Coexistencia entre ganadería extensiva y grandes carnívoros keyboard_arrow_down
- Colocación de geolocalizadores: al menos, 1 por rebaño
- Colocación de estructuras temporales de pernoctación del ganado. Deberán incluir o combinarse con pastor eléctrico.
- Adquisición de perros que cumplan la función de guardianes : Mastín leonés o del Pirineo.
- Apoyo en labores de vigilancia durante el pastoreo extensivo en zonas de riesgo: Contratación de un pastor (o la parte proporcional del mismo)
- Disponer de explotación ganadera inscrita en el Registro de Explotaciones Agrarias de Navarra (REAN).
- Ser titular de un aprovechamiento pascícola en extensivo (declarar pastos en SU)
- Deberá tener contratado un seguro ganadero que cubra las incidencias provocadas por fauna silvestre
- Explotaciones de ovino/caprino de, al menos, 15 UGM (100 cabezas).
- Para la medida 4, solo son admisibles las explotaciones que pastan en zona declarada de riesgo.
Las UGM a tener en cuenta serán la media de los animales registrados y contabilizados en las bases de datos del Sistema Integral de Trazabilidad Animal (SITRAN) nacional y autonómico en 4 fechas distintas: 1 de enero, 1 de marzo, 30 de abril y el día de finalización del plazo de modificaciones de la solicitud única. - Asociados a un collar
- 15 UGM ≤ Tamaño rebaño < 75 UGM → 1 GPS
- Tamaño rebaño > 75 UGM → 2 GPS
- Presentar informe favorable realizado por un técnico competente
- Mantener durante el periodo de concesión un mínimo del 90% de las UGM
- Los dispositivos emitirán localizaciones durante todo el periodo.
- El gestor de la explotación tendrá acceso continuado y comprobable a las localizaciones emitidas por el dispositivo GPS-GSM.
- El Guarderío de Medio Ambiente tendrá acceso a los movimientos que generen los geolocalizadores en periodo de riesgo.
- A partir de 15 UGM
- Deberán ser impermeables para fauna silvestre hacia el interior y ganado hacía el exterior. Deben incluir pastor eléctrico.
- Presentar informe favorable realizado por un técnico competente y fotografías georreferenciadas.
- Mantener durante el periodo de concesión un mínimo del 90% de las UGM
- Obligatoriedad de utilizar todas las noches estas medidas en los periodos de riesgo declarados por el Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente
- Mantener en condiciones adecuadas la estructura durante los 5 años
- Obligatorio: Integrar con el rebaño mínimo 1 perro guardián a partir de 15 UGM
- Opcional: 1 perro más por cada 40 UGM, hasta un máximo de 4 perros
- Raza de perro: mastín español para la línea de trabajo (igualmente mastín leonés o del pirineo).
- Presentar informe favorable realizado por un técnico competente
- Mantener durante el periodo de concesión un mínimo del 90% de las UGM
- Se deberá asegurar un mantenimiento adecuado de los perros para que cumplan con su función de manera eficaz.
- Disponer de un pastor de apoyo (o la parte proporcional del mismo) para labores de vigilancia mientras se paste en zona de riesgo en el periodo de 1 de mayo hasta el 31 de octubre, con un mínimo de 2 meses y un máximo de 6 meses.
- Para optar a esta ayuda, el rebaño deberá pasar un mínimo de 45 días pastando en zona de riesgo.
- La presentación del contrato de trabajo es obligatoria, y se deberá hacer anualmente.
- Mantener durante el periodo de concesión un mínimo del 90% de las UGM
- Cumplimentar y entregar un registro diario de trabajo del pastor, con las principales tareas realizadas.
- 248 €/explotación para explotaciones entre 15 y 75 UGM
- 496 €/explotación para explotaciones con más de 75 UGM
- 600 €/explotación para explotaciones con más de 15 UGM
- 705 €/explotación para explotaciones con más de 15 UGM con 1 mastín
- 1.410 €/explotación para explotaciones con más de 55 UGM con 2 mastines
- 2.115 €/explotación para explotaciones con más de 95 UGM con 3 mastines.
- 2.820 €/explotación para explotaciones con más de 135 UGM con 4 mastines
- 18.000 €/explotación para explotaciones con más de 300 UGM
- 12.000 €/explotación para explotaciones entre de 300 y 151 UGM
- 9.000 €/explotación para explotaciones entre de 150 y 101 UGM
- 6.000 €/explotación para explotaciones entre de 100 y 15 UGM
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Prados de siega de alto valor natural keyboard_arrow_down
- Personas/explotaciones agricultoras/ganaderas, que son gestoras de alto o muy alto valor natural.
- Entregar la ficha de evaluación cumplimentada, donde la puntuación deberá alcanzar al menos 70 puntos de los 100 posibles.
Se puntuará en base a la diversidad florística y los restantes elementos naturales del recinto. - Superficie catalogada en SIGPAC como Pasto (PS).
- Deben estar ubicadas en las Comarcas Agrarias 01 (Noroeste), 02 (Pirineo) y/o 03 (Cuenca de Pamplona).
- Cumplimentar la ficha de evaluación siguiendo la guía, por cada recinto de prado en base a la diversidad florística y los elementos de alto valor natural. Las personas/explotaciones ganaderas deberán cumplimentar esta ficha, previo asesoramiento, y presentarla anualmente entre el 15 de mayo y el 15 de julio
- Cumplimentar la ficha de evaluación que permita cuantificar entre 0 y 100 puntos entre 15 de mayo y 15 de julio.
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Cumplimentar la ficha de evaluación, justificando que han recibido asesoramiento para cumplimentarla.
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A lo largo de 5 años, deberán mantener la condición de prados de AVN o muy AVN (70 puntos o más). Si baja de 70 puntos, se penalizará esa anualidad según la normativa.
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Mantenimiento del 90% de la superficie comprometida durante la duración del compromiso.
- Rellenar el “Plan de actividades de mantenimiento o mejora” realizado en el pasto en el Cuaderno de explotación.
- Prados de AVN con valor muy alto (PAVN_MA) → Puntuación ≥ 85: 372 €/ha
- Prados de AVN con valor alto (PAVN_A) → 70 ≤ puntuación < 85: 334,80 €/ha
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Fomento a la producción agroambiental de patata de siembra keyboard_arrow_down
- Integradas como “persona agricultora-colaboradora” en una entidad con título de “persona productora-multiplicadora” de patata de siembra o superior.
- Adherirse al régimen especificando las parcelas de su explotación incluidas en su declaración anual de siembra.
- Disponer de patata de siembra en cultivo en producción agroambiental en zonas autorizadas en Navarra para el cultivo
- Superficie mínima elegible por la que solicita la ayuda de 1 hectárea
- Mantenimiento del 90% de la superficie concedida
- La fertilización no debe superar las siguientes dosis: 100UF de N/ha, 100 UF P205/ha y 200 UF K2O/ha.
- Los pulverizadores, deberán haber superado una inspección técnica anual.
- Controlar el mantenimiento de la fertilidad del suelo, presentando análisis de todos los recintos por los que se solicita la ayuda indicando niveles de: PH, % aluminio, acidez cambiable y capacidad de intercambio catiónico (CIC efectiva), fósforo y potasio asimilable.
- Encalado mediante productos autorizados si el pH < 5,5 y el cociente, expresado en %, entre la acidez cambiable y CIC efectiva es > 10, garantizando que el pH del suelo sea superior a 5,5.
- Llevar un cuaderno de explotación con las anotaciones de fertilización correspondiente.
- Instalación de posaderos para depredadores naturales de topillos u otros vertebrados que sean dañinos al cultivo de patata. (características)
- Zona Pirineos: 600 euros/ha
- Zona Codés: 400 €/ha
- Zona Valdizarbe: 400 €/ha
- Otras zonas: 400 €/ha
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Preservación de agrosistemas mediterráneos sostenibles keyboard_arrow_down
- Viñedos viejos (anteriores a 1985) en vaso
- Olivos viejos (anteriores a 1955)
- Manzanos en Comarca 01 (Nord Occidental)
- Cerezos en Comarca 03 (Cuenca de Pamplona)
- Personas/explotaciones que cumplan con los requisitos de subvencionalidad.
- Plantaciones de vid
- Sistema de producción en vaso
- Inscritas en el Registro Vitivinícola de Navarra a nombre de la persona solicitante
- Plantaciones de vid en vaso plantadas con anterioridad a 1985, mantenidas en buenas condiciones de cultivo.
- Superficie mínima: 5.000 m2
- Plantaciones de olivo
- Recintos en los que al menos el 25% de la superficie esté ocupada por olivares que hayan sido plantados con anterioridad a 1955, mantenidos en buenas condiciones de cultivo. En el caso de que ese porcentaje de olivar viejo sea inferior, se considerarán fracciones de olivar viejo las superficies que ocupen las áreas de influencia de estos olivares.
- Incluidas en el correspondiente registro gráfico
- Superficie mínima: 2.000 m2
- Plantaciones de cerezo
- En municipios de la Comarca 03
- Salvo aquellas en las que la superficie ocupada por cerezos sea inferior al 25 % de la superficie del recinto. Las plantaciones deben encontrarse en buenas condiciones de cultivo.
- Superficie mínima: 5.000 m2
- Plantaciones de manzano
- En municipios de la Comarca 01
- Salvo aquellas en las que la superficie ocupada por manzanos sea inferior al 25 % de la superficie del recinto. Las plantaciones deben encontrarse en buenas condiciones de cultivo.
- Superficie mínima: 5.000 m2
- Mantenimiento del 90% de la superficie concedida durante la duración del compromiso.
- Manzanos y cerezos: cuando se den las siguientes plagas, (Cydia Pomonella en manzano y Drosophila Suzukii en cerezo, si se hace tratamiento deberá hacerse al menos un tratamiento alternativo a los fitosanitarios. Por ejemplo, tratamientos con feromonas para confusión sexual, para capturas masivas y cebos para atracción y muerte de plagas.
- Olivo, manzano y cerezo: colocación de nidos para cernícalos y murciélagos con el fin de controlar los ratones como apoyo al control de plantas (características).
- Olivo: 400 euros/ha
- Viña D.O. Navarra: 500 euros/ha
- Viña D.O. Rioja: 300 euros/ha
- Manzano: 250 euros/ha
- Cerezo: 400 euros/ha
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Razas autóctonas de Navarra keyboard_arrow_down
- Bovina: Betizu y/o Parda de Montaña
- Ovina: Sasi Ardi
- Equina: Burguete, Jaca Navarra, Pottoka
- Caprino: Cabra pirenaica
- Porcino: Euskal Txerria o Pío negro
- Adherirse al régimen, especificando la raza autóctona considerada como amenazada y unidades ganaderas, y comprometerse a mantener o incrementar y mejorar el censo ganadero de dicha raza en su explotación, durante el periodo de 5 campañas, prorrogable año a año.
- Disponer en su explotación de animales reproductores o futuros reproductores de alguna de las razas autóctonas en peligro de extinción mencionadas.
- Tener un número mínimo de 5 UGM de animales inscritos en el correspondiente libro genealógico
- 0,4 UGM/ha ≥ Densidad Ganadera ≤ 2 UGM/ha
- Solicitar anualmente, en la Solicitud Única de la campaña, el pago anual de la ayuda.
- Declarar las parcelas que constituyan la superficie forrajera de la explotación.
- Especificar el número de animales reproductores de razas autóctonas por los que solicita la ayuda.
- Mantenimiento del 90% de las UGM concedidas durante la duración del compromiso.
- Censo ganadero inscrito y actualizado en el correspondiente libro genealógico.
- Alimentación del ganado mediante pastoreo a diente
- 0,39 UGM/ha ≤ Densidad Ganadera ≥ 2,1 UGM/ha.
- Participar en el programa de conservación, control de rendimientos y mejora de la raza establecido por la asociación gestora de los libros genealógicos y oficialmente aprobado.
- 2 > Densidad Ganadera ≤ 2,1
- 0,39 ≥ Densidad Ganadera < 0,4
- 130 euros/UGM:
- Bovina Betizu y Parda de Montaña
- Ovina Sasi Ardi
- Equina Burguete
- Caprino Cabra pirenaica
- Porcino: Euskal Txerria o Pío Negro
- 200 euros/UGM:
- Equina Jaca Navarra
- Equina Pottoka
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Agricultura ecológica keyboard_arrow_down
- Adherirse al régimen, especificando las parcelas de la explotación ecológica, durante el periodo de 5 campañas, incluidas las correspondientes al periodo de conversión.
- Cultivos herbáceos anuales y cultivos forrajeros plurianuales en secano. Municipios con rendimiento en secano <=2,2 t/ha, según el Plan de Regionalización Productiva vigente.
- Cultivos herbáceos anuales en secano. Municipios con rendimiento en secano >2,2 t/ha.
- Cultivos herbáceos en regadío.
- Cultivos forrajeros plurianuales secano. Municipios con rendimiento en secano >2,2 t/ha
- Cultivos forrajeros plurianuales regadío.
- Plantas aromáticas, medicinales y tintoreras.
- Cultivo de arroz
- Hortícolas al aire libre y en invernadero
- Frutos de cáscara.
- Viña de vinificación.
- Olivo.
- Frutales.
- Pastos a diente de una explotación en ganadería ecológica de las siguientes especies: bovina, excluido el ganado de lidia, ovina, caprina y equina con aptitud cárnica.
- Solicitar anualmente, en la Solicitud Única de la campaña, el pago anual de la ayuda.
- Aplicar los métodos de la producción ecológica establecidos en el Reglamento (UE) nº 2018/848
- El sometimiento a cualquier actuación de comprobación por el Departamento de DRyMA.
- Mantenimiento del 90% en producción ecológica de la superficie concedida durante la duración del compromiso. El barbecho no genera importe de ayuda, sin embargo, éste, sí será tenido en cuenta en el cumplimiento del compromiso de mantener al menos el 90% de la superficie comprometida.
- Disponer el certificado como productor ecológico del organismo certificador en Navarra.
- Alimentación de las superficies forrajeras ecológicas por el ganado ecológico de la propia explotación.
- En el caso de la ganadería ecológica de cría y una vez superado el periodo de conversión se exige, la venta para sacrificio o a un finalizador de cebo ecológico 0,25 animales por cada hembra mayor de 36 meses para vacuno y equino y 0,4 animales por hembra reproductora en ovino y caprino.
- En el caso de las parcelas agrícolas se exige recolectar las parcelas cultivadas.
- Densidad Ganadera ≥ 0,4 UGM/ha y ≤ 1,5 UGM/ha.
- Mantenimiento actualizado del cuaderno de explotación
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Ayudas a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas keyboard_arrow_down
- Ser “Agricultor Activo.
- Estar catalogadas como “Agricultores a Título Principal” (ATP) en el Registro de Explotaciones Agrarias de la Comunidad Autónoma donde se solicite la ayuda.
- En el caso de quien solicite la ayuda sea una sociedad, la condición de ATP deberán cumplirla quienes sumen el 50% del capital social de la misma.
- Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- Superficie mínima de pago de 2 hectáreas de superficie elegible
- Se excluyen de la misma aquellas superficies de barbecho que tampoco hayan sido sembradas el año anterior.
- Hectáreas de superficie forrajera: 1
- Hectáreas de restos de cultivos: 0,7
- Modulación:
- Primeras 25 hectáreas al 100%
- Segundas 25 hectáreas al 60%
- Terceras 25 hectáreas al 30%
- Módulos base:
- Subzona Alta Montaña: 127,68 euros
- Subzona Montaña: 93,63 euros
- Zonas con limitaciones distintas de las de montaña: 74,08 euros.
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Sistemas ganaderos sostenibles keyboard_arrow_down
- Disponer de una explotación de animales de las especies comentadas en el párrafo anterior.
- Adherirse al régimen, especificando las superficies que constituyan la superficie forrajera útil pastable de su explotación, durante el periodo de 5 campañas, prorrogable año a año.
- Ejercer el pastoreo activo con todos los animales de su propia explotación en las superficies declaradas.
- 0,4 UGM/ha ≥ Densidad Ganadera ≤ 1,5 UGM/ha.
- Densidad ganadera > = a 0,4 UGM/ha y < = a 1,5 UGM/ha. Penaliza las densidades <0,3 y >1,6 UGM
- Mantener, al menos, el 90% de las hectáreas comprometidas el primer año.
- Densidad ganadera > = a 0,4 UGM/ha y < = a 1,5 UGM/ha. Penaliza las densidades >=0,3 y <0,4 y entre >1,5 y <=1,6 UGM/ha.
- Prima básica: 28 euros/ ha
- Prima complementaria: 8,50 euros/UGM. Para aquellas explotaciones que tengan más del 50% de las UGM reproductoras inscritas en libros genealógicos de las razas autóctonas de Navarra (Bovino raza Pirenaica y ovino razas Latxa y Navarra).
Dirigido a
Titulares de explotaciones agrícolas con cultivos herbáceos de secano ubicadas en alguna de las áreas críticas para las aves esteparias. (ver Plano)
Requisitos
Compromisos
Las personas solicitantes deberán asumir voluntariamente durante un periodo de 5 años los siguientes compromisos.
Básico
Principal
Secundario
Cuantía de las ayudas
Dirigido a
Titulares de explotaciones agropecuarias que mantengan una serie de compromisos para cubrir las necesidades o hábitats que presentan las aves esteparias, entre las que destacan: La Avutarda Común (Otis tarda), el Sisón Común (Tetrax tetrax), la Ganga Ibérica (Ptrocles alchata) y la Ganga Ortega (Ptercoles orientalis).
Requisitos
Compromisos
Las personas solicitantes deberán asumir voluntariamente durante un periodo de 5 años los siguientes compromisos.
Excluyentes
Básico
Cuantía de las ayudas
Incompatibilidades
Esta intervención es incompatible con la intervención “Sistemas ganaderos sostenibles”.
Dirigido a
Explotaciones de aves de orientación cárnica o puesta en régimen campero o ecológico ubicadas en la Comunidad Foral de Navarra.
Requisitos
De las personas beneficiarias
De las explotaciones
Deberán estar inscritas en el Registro General de Explotaciones Ganaderas (REGA), con alguno de los siguientes sistemas de cría:
Compromisos
Las personas solicitantes deberán asumir durante un periodo de 5 años los siguientes compromisos:
Excluyentes
Básico
Cuantía de las ayudas
El importe máximo por explotación será de 15.000 euros.
Dirigido a
Titulares de explotaciones que mantienen y conservan colmenas.
Requisitos:
De las personas beneficiarias
De las explotaciones
Compromisos
Las personas solicitantes deberán asumir voluntariamente durante un periodo de 5 años los siguientes compromisos:
Excluyentes:
Básico:
Principal:
Cuantía de las ayudas
El número máximo de colmenas con derecho a prima por cada persona solicitante será de 500 colmenas.
Dirigido a
Titulares de explotaciones agropecuarias de ovino/caprino con aprovechamiento de pastos en extensivo, que se acojan a alguna de las siguientes medidas de prevención:
El ámbito de aplicación de las medidas 1, 2 y 3 se podrá solicitar en todos los municipios Navarra.
El ámbito de la medida 4 únicamente se corresponde con una zona de riesgo que queda delimitada por el polígono circunscrito por limites administrativos con Francia y Aragón y las carreteras NA-176 (Garde-Ansó), NA-137 (Burgui-Isaba-Francia), NA-140 (Burguete-Isaba) y NA-2011 (Puerto de Larraun). (Ver plano)
Requisitos
De las personas beneficiarias
De las explotaciones
Compromisos
Las personas solicitantes deberán asumir voluntariamente durante un periodo de 5 años los siguientes compromisos.
1. Geolocalizadores GPS-GSM
Excluyentes
Básicos
Principales
2. Estructuras temporales de pernoctación
Excluyentes
Básicos
Principales
3. Perros guardianes
Excluyentes
Básicos
Principales
4. Contratación de pastor en apoyo en labores de vigilancia durante el pastoreo extensivo en zonas de riesgo
Excluyentes
Básicos
Principales
Cuantía de las ayudas
1. Geolocalizadores
2. Estructuras temporales de pernoctación
3. Perros guardianes
4. Contratación de pastor en apoyo
En el caso de que el pastor sea compartido entre 2 ganaderos, ambos solicitarán la ayuda en la PAC y cobrarán en base al tamaño de su explotación y a los meses contratados por cada uno de ellos.
Dirigido a
Titulares de explotaciones agropecuarias que conserven y mantengan el alto valor natural (AVN) de los prados acogidos a esta ayuda.
Se consideran prados AVN aquellos que tengan alta diversidad florística de determinadas especies además de otros elementos naturales, que contribuyan a aumentar su valor paisajístico y de acogida de diferentes especies de flora y fauna
Requisitos
De las personas beneficiarias:
De las explotaciones:
Compromisos
Las personas solicitantes deberán asumir voluntariamente durante un periodo de 5 años los siguientes compromisos:
Excluyentes
Básico
Principal
Cuantía de las ayudas
A todos los solicitantes se les concederá el primer año por el importe máximo (PAVN_MA), independientemente de si el primer año tiene valor muy alto o alto.
Dirigido a
Productores de patata de siembra en parcelas situadas en Navarra en las zonas delimitadas en la Orden Foral 255/2006, de 11 de julio, y posteriores modificaciones. Las zonas señaladas son: Pirineos, Codés, Valdizarbe y otras zonas.
Requisitos
De las personas beneficiarias
De las explotaciones:
Compromisos
Básico:
Principal:
Secundario:
Cuantía de las ayudas
Incompatibilidades
Las superficies acogidas a la ayuda para la producción agroambiental de patata de siembra son incompatibles con la ayuda a la producción ecológica.
Dirigido a
Titulares de explotaciones que mantienen y conservan:
Requisitos
De las personas beneficiarias
De las explotaciones
Compromisos
Las personas solicitantes deberán asumir voluntariamente durante un periodo de 5 años los siguientes compromisos:
Básico
Principal
Secundario
Cuantía de las ayudas
Dirigido a
Titulares de explotaciones agropecuarias con las siguientes especies de animales:
Requisitos
De las personas beneficiarias:
De las explotaciones:
Compromisos
Las personas solicitantes deberán asumir durante un periodo de 5 años los siguientes compromisos.
Excluyentes:
Básico:
Principales:
Secundarios:
Cuantía de las ayudas
Dirigido a
Titulares de explotaciones agropecuarias con superficie elegible destinada a la Producción ecológica.
Requisitos
De las personas beneficiarias:
De las explotaciones:
Destinar a la producción ecológica parcelas ubicadas en la Comunidad Foral de Navarra, de los siguientes grupos de cultivo:
Compromisos
Las personas solicitantes deberán asumir durante un periodo de 5 años los siguientes compromisos.
Excluyentes:
Básicos:
Principales:
Secundarios:
Cuantía de las ayudas
Degresividad de la ayuda: se abona el 100% en las primeras hectáreas que se indican a continuación, pasando al 50% del importe unitario en las siguientes hectáreas.
GRUPO DE CULTIVO |
Umbral |
1.Cultivos herbáceos anuales y forrajeros plurianuales. Regiones secano <=2,2 t/ha |
100 |
2.Cultivos herbáceos anuales secano >2,2 rendimiento |
50 |
3.Cultivos herbáceos en regadío |
40 |
4.Cultivos forrajeros plurianuales secano >2,2 rendimiento |
65 |
5.Cultivos forrajeros plurianuales regadío |
55 |
6.Plantas aromáticas, medicinales y tintoreras |
40 |
7.Arroz |
30 |
8. Hortícolas al aire libre. |
15 |
9.Hortícolas en Invernaderos |
8 |
10.Frutos de cáscara |
40 |
11.Viña vinificación |
23 |
12.Olivo |
23 |
13.Frutales |
15 |
14.Pastos a diente de una explotación en ganadería ecológica |
50 |
Importe de las ayudas: se aplican los siguientes importes unitarios.
GRUPO DE CULTIVO |
IMPORTES UNITARIOS en mantenimiento (€/ha) |
IMPORTES UNITARIOS conversión (€/ha) |
|
Cultivos herbáceos anuales y forrajeros plurianuales. Regiones secano <=2,2 t/ha |
95,32 |
114,38 |
|
Cultivos herbáceos anuales secano >2,2 rendimiento <=2,2 t/ha |
196,20 |
235,44 |
|
Cultivos herbáceos en regadío |
246,46 |
295,75 |
|
Cultivos forrajeros plurianuales secano >2,2 rendimiento <=2,2 t/ha |
149,70 |
179,64 |
|
Cultivos forrajeros plurianuales regadío |
179,78 |
215,74 |
|
Plantas aromáticas, medicinales y tintoreras |
236,74 |
284,09 |
|
Arroz |
310,47 |
372,56 |
|
Hortícolas al aire libre |
668,03 |
801,64 |
|
Hortícolas en Invernaderos |
1.249,84 |
1.499,81 |
|
Frutos de cáscara |
236,25 |
283,50 |
|
Viña vinificación |
429,30 |
515,16 |
|
Olivo |
428,91 |
514,69 |
|
Frutales |
695,50 |
834,60 |
|
Pastos a diente de una explotación en ganadería ecológica- |
205,50 |
246,60 |
Quedan excluidos de la ayuda los cultivos en los que se detecte de manera injustificada producción paralela, es decir, el mismo producto en convencional y en ecológico..
Dirigido a
Explotaciones ubicadas en municipios de Navarra catalogados como zonas de montaña o con limitaciones naturales.
Requisitos
De las personas beneficiarias:
De las explotaciones:
Superficie elegible
Superficie agraria de la explotación situada en zonas de montaña o con limitaciones, para la que se aplicará los siguientes coeficientes de ponderación:
La superficie forrajera elegible se limitará a las Unidades de Ganado Mayor de especies ganaderas compatibles con pastos de la explotación.
Cuantía de las ayudas
Se calcula un importe medio por grupo de cultivo teniendo en consideración una modulación en la superficie elegible y los siguientes módulos base:
Dicho importe medio calculado se multiplicará por las hectáreas elegibles de la explotación.
Dirigido a
Titulares de explotaciones agropecuarias que dispongan de animales reproductores de la especie bovino en régimen de ganadería extensiva o semiextensiva, y de ovino, caprino o equino en régimen extensivo, y que ejerzan el pastoreo activo con los animales de su propia explotación en las superficies declaradas
Requisitos
De las personas beneficiarias:
De las explotaciones:
Compromisos
Las personas solicitantes deberán asumir durante un periodo de 5 años los siguientes compromisos.
Compromiso Básico (B)
Compromiso Principal
Cuantía de la ayuda