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Navarra suscribe con otras siete comunidades un acuerdo para implantar un sistema común de expedición de licencias de caza y pesca
29 de enero de 2003
Navarra suscribe con otras siete comunidades un acuerdo para implantar un sistema común de expedición de licencias de caza y pesca
El objeto de este convenio es la puesta en marcha de un medio que facilite y haga más accesible a los ciudadanos la obtención de las licencias de caza y pesca en las comunidades autónomas distintas a las de su residencia. De esta forma se facilitará que los ciudadanos de las ocho comunidades firmantes del acuerdo consigan los documentos necesarios de las distintas administraciones regionales, a través de un sistema común y sin necesidad de que tenga que desplazarse a la comunidad autónoma para la cual se solicita la licencia.
La metodología que se aplicará se basa en el uso de las nuevas tecnologías de la información e Internet, a través de la participación de una entidad bancaria o por medio de la firma electrónica, que constituye la base de este sistema para la obtención de licencias. El abono de las tasas podrá realizarse tanto a través de Internet como de la sucursal bancaria. En ese momento se imprimirá una licencia provisional para el plazo de un mes, remitiéndose posteriormente la licencia definitiva por correo ordinario.
Así, el particular que quiera una licencia para otra comunidad autónoma distinta a la que resida, o incluso para la suya propia, podrá acudir a una entidad bancaria colaboradora, donde dispondrá de un impreso, normalizado y aprobado por la administración autonómica, en el que se incluirán los datos personales para la expedición de la licencia.
La entidad financiera colaboradora enviará telemáticamente y de manera instantánea a la administración interesada los datos del solicitante, para que sea aprobado el cumplimiento de los requisitos necesarios para la obtención de la licencia. Si se cumplen los requisitos, la administración autonómica comunicará, también de manera electrónica e inmediata, el otorgamiento de la licencia al interesado. Igualmente, la entidad bancaria informará del abono realizado a la administración, al objeto de que ésta tramite la licencia definitiva, que será remitida al solicitante en el plazo de un mes.
En el proceso por Internet el formulario se colgará en la página web correspondiente para que sea rellenado por el solicitante. El proceso de validación se podrá realizar desde cualquier ordenador, pero con exigencia de la firma electrónica que confirme la identidad del internauta.