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El Programa Anual de Estadística de Navarra de 2025 incorpora el análisis de la experiencia migratoria de la juventud
10 de septiembre de 2025
El Programa Anual de Estadística de Navarra de 2025 incorpora el análisis de la experiencia migratoria de la juventud
El Programa Anual de Estadística de Navarra de 2025 incorporará una operación estadística referida a ‘Juventud y migraciones’, según un acuerdo adoptado en la sesión de gobierno de hoy.
La medida, que cuenta con el informe favorable del Instituto de Estadística de Navarra-Nastat responde a la necesidad expuesta por el Instituto Navarro de la Juventud de conocer aspectos relacionados con las migraciones de la juventud. El objetivo es contar con un estudio monográfico sobre la experiencia migratoria en esta etapa vital, con el fin de comprender el conjunto de prácticas sociales de inclusión o discriminación de la población joven residente en Navarra y contribuir a generar conocimiento que sirva para el diseño de políticas públicas más inclusivas, representativas y transformadoras.
En la identificación de necesidades, el INJ ha contado con la colaboración de la Dirección General de Políticas Migratorias. Como objetivos específicos, destacan los de conocer cómo construyen los y las jóvenes su sentimiento de pertenencia y/o reconocimiento social; indagar el papel que juegan las trayectorias de movilidad familiar en la construcción de sentidos de pertenencia; conocer qué valores, creencias e ideas configuran la percepción de convivencia e inclusión de la población joven; analizar cómo se expresan las identidades híbridas y/o flexibles a partir de referentes lingüísticos, culturales, religiosos o de género; y conocer qué experiencias de trato diferenciado, discriminación o reconocimiento han vivido.
La inclusión de este nuevo campo de análisis responde al objetivo general del Plan de Estadística de Navarra de contar con información útil para la evaluación y mejora de las políticas públicas. El Consejo de Estadística de Navarra ha sido informado de la inclusión de esta operación, tal y como señala la Ley Foral 11/1997, de 27 de junio, de Estadística de la Comunidad Foral.