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El Gobierno de Navarra pone en marcha el proceso de reforma de la LORAFNA para blindar la competencia de tráfico
28 de febrero de 2024
El Gobierno de Navarra pone en marcha el proceso de reforma de la LORAFNA para blindar la competencia de tráfico
El Gobierno de Navarra ha adoptado en su sesión de hoy sendos acuerdos por los que ejercita la iniciativa de reforma de la Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto, de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra (LORAFNA), y designa a las personas que integrarán la comisión encargada de negociarla, a fin de lograr la competencia de tráfico con todas las garantías jurídicas. Cabe recordar que la reforma de la LORAFNA se pone en marcha tras el reciente fallo emitido por el Tribunal Supremo, en el que anula el traspaso efectuado el pasado 1 de julio.
En la sesión de gobierno celebrada hoy se ha acordado ejercer esta iniciativa y se encomienda a la Presidenta de Navarra, María Chivite Navascués, que comunique esta decisión al Presidente del Gobierno central, Pedro Sánchez, solicitando la apertura de negociaciones para alcanzar el pacto necesario, que, en última instancia, será sometido a la aprobación de las Cortes Generales del Estado, previa aprobación del Parlamento de Navarra.
En un segundo acuerdo adoptado hoy se ha designado a las personas que integrarán la comisión negociadora con el Estado, que serán el vicepresidente primero y consejero de Presidencia e Igualdad, Félix Taberna; la vicepresidenta segunda y consejera de Memoria y Convivencia, Acción Exterior y Euskera, Ana Ollo; la vicepresidenta tercera y consejera de Vivienda, Juventud y Políticas Migratorias, Begoña Alfaro; y el director general de Presidencia, Gobierno Abierto y Relaciones con el Parlamento de Navarra, Joseba Asiain.
Proceso de reforma
Según está previsto en el artículo 71 de la LORAFNA, una vez que el Gobierno central designe a sus representantes para negociar, se iniciará un proceso de conversaciones para redactar el texto de la reforma. La propuesta será aprobada en sesión de gobierno y deberá obtener el dictamen vinculante del Consejo de Navarra, órgano consultivo superior de Navarra. Posteriormente, el texto será remitido al Parlamento de Navarra, para su aprobación por el Pleno. La reforma acordada se elevará al Gobierno central, para su tramitación en las Cortes Generales, lo que conllevará su paso por el Congreso de los Diputados y el Senado.
Desde su aprobación, en 1982, se han efectuado dos reformas parciales de la LORAFNA aprobadas en 2001 y 2010. En 2001 se modificó para eliminar el proceso automático de elección del Presidente o Presidenta de Navarra, a quien se le otorgó además la facultad de disolución anticipada del Parlamento.
La segunda modificación, más extensa, fue instada por el Gobierno de Navarra en 2009 para adaptar el texto de 1982 a la realidad jurídico-política actual. Este cambio afectó a más de una veintena de artículos, entre añadidos y modificados, si bien la reforma sustancial consistió en la ampliación del plazo de la legislatura a cuatro años en caso de disolución anticipada del Parlamento de Navarra y convocatoria de nuevas elecciones. También incluyó la disolución de la Cámara si tres meses después de su constitución no se ha elegido al Presidente o Presidenta de Navarra. Se articuló además la participación de Navarra en la toma de decisiones de la Unión Europea que afecten a sus competencias o intereses. El texto acordado derogó cuatro disposiciones transitorias referidas a mandatos ya cumplidos. La modificación quedó promulgada en la Ley Orgánica 7/2010, de 27 de octubre, de Reforma de la Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto, de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra.