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Declaradas de utilidad pública y de urgente ejecución la reordenación de terrenos comunales de cultivo y la modernización de regadío de “Soto Gobella”, de Lodosa
24 de febrero de 2003
Declaradas de utilidad pública y de urgente ejecución la reordenación de terrenos comunales de cultivo y la modernización de regadío de “Soto Gobella”, de Lodosa
En concreto, el objetivo de esta actuación es, por un lado, ordenar el comunal, con el fin de dotar a las explotaciones de la zona de una estructura y tamaño adecuado y, por otro, proceder a la modernización del regadío mediante cambio a sistema de riego a presión. La modernización prevista incluye una nueva obra de toma de agua del río Ebro, por su margen izquierda, en el término municipal de Lodosa, en el mismo punto en el que se situaba la toma anterior. Será necesaria la adecuación de la instalación eléctrica de alta y baja, aunque conservando la existente, y se instalará un nuevo centro de transformación.
La zona que será objeto de actuación tiene una superficie aproximada de 60 hectáreas. La modernización del regadío se aplicará en 40 hectáreas. Los límites del perímetro del comunal "Soto Gabella" quedan determinados provisionalmente así: norte, núcleo urbano de Lodosa; sur, río Ebro; este, término municipal de Sartaguda; y oeste, río Ebro.
Los límites superior e inferior de las superficies básicas de explotación serán respectivamente los siguientes: 225 y 45, en secano; y 25 y 5, en el regadío. El índice de conversión de regadío a secano se establece en 9. Los valores de las unidades mínimas de cultivo serán de 25 hectáreas para secano y de 5 hectáreas para regadío. La superficie básica de riego, queda establecida, por tanto, en 5 hectáreas para la aplicación del régimen de unidades de riego.
La vigencia del decreto foral aprobado hoy por el Gobierno, en el que se acuerda la regulación, dejará sin efecto las adjudicaciones existentes en los terrenos comunales afectados que, no obstante, podrán cultivarse en precario hasta la adjudicación de las obras de transformación en regadío.
Será requisito necesario para la aprobación de los proyectos constructivos por parte del departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación que el ayuntamiento de Lodosa se comprometa a que durante el plazo mínimo de 15 años, a partir de la declaración de puesta en riego, los lotes tengan una extensión igual o superior a la superficie básica de riego, que se definirá en el proyecto constructivo. Igualmente, dicha entidad local deberá aprobar previamente una reglamentación especial reguladora del aprovechamiento de los lotes que resulten de la transformación o modernización.