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El Gobierno prorroga hasta el 30 de junio la aplicación del 4% del IVA a las mascarillas quirúrgicas desechables
02 de febrero de 2022
El Gobierno prorroga hasta el 30 de junio la aplicación del 4% del IVA a las mascarillas quirúrgicas desechables
El Gobierno de Navarra ha aprobado, en su sesión de hoy, un decreto foral legislativo que incluye diversas medidas de ámbito fiscal como la prórroga, hasta el 30 de junio, de la aplicación del 4% del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) a las entrega, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de las mascarillas quirúrgicas desechables.
El Gobierno de Navarra ha aprobado, en su sesión de hoy, un decreto foral legislativo que incluye diversas medidas de armonización tributaria en trasposición de las adoptadas por el Gobierno de España.
Por un lado, se acuerda mantener la prórroga, hasta el 30 de junio, de la rebaja al 4% del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de las mascarillas quirúrgicas desechables.
Por otro lado, se aprueban dos medidas que tienen que ver con los precios del sector energético y que impactan favorablemente en la economía de la ciudadanía, pymes y trabajadores y trabajadoras por cuenta propia.
Un impacto de 16,2 millones de euros en la rebaja de tributos energéticos
Así, el decreto contempla la prórroga hasta el 30 de abril de la aplicación del 10% del IVA a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de energía eléctrica. Y, además, el decreto foral legislativo también recoge la suspensión del impuesto sobre el valor de la energía eléctrica durante el primer trimestre de 2022. Estas dos medidas supondrán en torno a 16,2 millones de euros de disminución en la recaudación fiscal de Navarra por ambos tributos y, lógicamente, aliviarán la economía de las familias y de las empresas en un contexto de alza de precios en el sector energético.
Con este decreto foral legislativo se da cumplimiento a lo establecido en el Título I del Convenio Económico entre la Comunidad Foral y el Estado, según el cual, en lo relacionado con la exacción del Impuesto sobre el Valor de la Producción de la Energía Eléctrica, Navarra aplicará las mismas normas sustantivas y formales que estén vigentes en cada momento en el Estado.