Anualmente se dicta resolución y se aprueban los valores de todos los bienes obrantes en el Registro de la Riqueza Territorial a 30 de noviembre.
Si el valor asignado al inmueble es distinto respecto del que fue adoptado en el período impositivo anterior (ver Hojas de Contribución Territorial o consultar dicho extremo al Ayuntamiento), los y las titulares podrán interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, contado desde la fecha del conocimiento efectivo del valor asignado (y en todo caso desde el 21 de diciembre de 2023). El recurso se interpondrá ante el Consejero de Economía y Hacienda.
El valor catastral con efectos desde el 1 de enero de 2024 se actualizará tomando los valores obrantes en el Registro de la Riqueza Territorial a 30 de noviembre de 2023 salvo que, con posterioridad a esta fecha, el Ayuntamiento haya procedido a la notificación individualizada de un nuevo valor aprobado conforme al art 21.8 de la LF 12/2006.