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Son órganos jurisdiccionales unipersonales. Tienen jurisdicción en el término municipal donde no existen juzgados de primera instancia e instrucción.
Los juzgados de paz son el primer escalón en la estructura judicial del Estado. En Navarra existen 267 juzgados de paz.
Los jueces de paz son jueces no profesionales que llevan a cabo funciones jurisdiccionales. Mientras dura su cargo se integran en el Poder Judicial.
Estas son sus competencias:
En el orden civil
- Actúan en primera instancia sobre asuntos civiles de cuantía inferior a 90,15 €.
- Actos de conciliación.
- Auxilio judicial a otros juzgados o tribunales.
En el orden penal
- Se encargan en primera instancia de los procesos por faltas sobre las personas, patrimonio, intereses generales y contra el orden público.
En materia de Registro Civil
En los registros municipales, el juez de paz actúa por delegación del encargado en los siguientes casos, exceptuando los expedientes:
- Extiende las inscripciones de nacimiento de hijos nacidos en matrimonio, las inscripciones ordinarias de defunción, las de matrimonio religioso mediante la certificación respectiva, las de matrimonio civil cuyo expediente previo haya instruido y las notas marginales que no sean de rectificación o cancelación.
- No debe, sin embargo, extender ningún otro asiento si no se lo indica por escrito el encargado, salvo en casos de urgente necesidad.
En todo caso cumplirá lo que le indique el encargado del Registro.
Las certificaciones siempre las expiden y las firman el juez y el secretario.